Por Lea Ross, desde ECOS Córdoba*. En este artículo publicado por Ecos Córdoba Lea Ross nos acerca un análisis detallado de la recientemente aprobada Ley de Hidrocarburos. Vía libre a las transnacionales y al fracking ¿Autosustentabilidad en materia energética?
Tanto los que están a favor como los que están en contra del fracking, coinciden en que Argentina no puede sustentarse a largo plazo si su base energética está conformada únicamente por hidrocarburos. Sin embargo, debido a la escasez de divisas que padece nuestro país y la desesperación estatal por obtener inversionistas del extranjero, la cuestión sobre cómo lograr una diversificación en la producción de energía no parece tener su propio espacio de discusión dentro de la “Reforma de la Ley de Hidrocarburos” (Exp. PE 316/14).
El proyecto consiste en una actualización a la actual ley Nro. 17.319, creada en 1969 durante la dictadura de Juan Onganía y desde entonces reformada varias veces, para compatibilizarla con el decreto número 929 de la Soberanía Hidrocarburífera. Esta última norma, se sabe, fue redactada para otorgar la puerta de entrada al acuerdo entre YPF y Chevron, para explotar Vaca Muerta. Hoy, con el avance del fracking, y la desesperación por obtener ganancias que llenen el vacío de la banca, la Reforma adquiere un pase libre para las empresas especialistas en el tema de la extracción de recursos no convencionales al territorio nacional.
Así como el decreto permitió la entrada de toda empresa a partir de una inversión directa de mil millones de dólares, la nueva ley se vuelve más bondadosa y recorta el boleto a tres cuartas partes. Es decir: solo se requerirá un depósito de 250 millones de dólares para todo aquel que quiera extraer petróleo y gas shaile en nuestro país (Art. 19 de la Reforma).
Tanto el artículo 25 como el artículo 34 de la actual Ley establecen, dentro de sus articulados, lo siguiente: “Ninguna persona física o jurídica podrá ser simultáneamente titular de más de 5 permisos da exploración, ya sea en forma directa o indirecta”. El artículo 2 y 8 de la Reforma establecen respectivamente la eliminación de ese párrafo, dando cabida a una mayor concentración sin límites en el negocio del petróleo y el gas. Y, obviamente, mayor extranjerización.
Así como se mantiene los plazos de concesión para la extracción de hidrocarburos convencionales a 25 años, los no convencionales tendrán un plazo más estirado: 35 años (Art. 9 de la Reforma). En cuanto a la extracción en la plataforma continental, será de 30 años.
El artículo 14 de la Reforma reduce los cánones estipulados en la actual Ley (Art. 57) del primero período por la mitad: pasan de 500 pesos por metro cuadrado o fracción a 250 pesos. Y además, en caso de prórroga, se reduce alevosamente de $100.000 con incremento del 50% del valor anual acumulativo a tan solo $17.500 con incremento del 25% del valor acumulativo. Esta drástica reducción, da a entender la posibilidad de que los inversionistas se mantengan en el negocio con el resguardo de una ganga.
El artículo 61 de la actual Ley establece que el valor de la regalía será determinado por la Autoridad de Aplicación a partir de lo que estipula el valor del petróleo crudo en boca de pozo. La Reforma, en su artículo 17, traspasa la decisión al concesionario, o sea la empresa, y luego será la Autoridad si considera que los números están bien.
Ya para el artículo 18 de la Reforma, establece taxativamente lo siguiente: “Las provincias y el Estado Nacional, cada uno con relación a la exploración y explotación de los recursos hidrocarburíferos de su dominio, no establecerán en el futuro nuevas áreas reservadas a favor de entidades o empresas públicas o con participación estatal, cualquiera fuera su forma jurídica”. Recuerden que no estamos hablando de una ley de los años ’90, sino la de este año, 2014.
Por si fuera poco, el artículo 5 establece que todo titular que este extrayendo hidrocarburos convencionales, puede a su vez ser titular del trabajo no convencional en caso de que encuentre shaile en el mismo territorio. Para el analista del sector energético, Luciano Caratori, si esto estuviese en la mira de un especulador, se diría que comenzaría con el trabajo convencional cumpliendo los plazos y prórrogas, para luego anunciar el hallazgo de hidrocarburos no convencionales en el mismo territorio de explotación para así extender su periodo de trabajo. Es decir, a la hora de trabajar con reservas convencionales, le llevará 9 años de plazo para exploración (Art. 23 de la actual Ley) más 25 años de plazos por concesión, dando un total de 34 años. Ahora, en el momento en que se “descubre” hidrocarburos no convencionales en esa tierra, se obtiene una nueva titularidad, cuya concesión será de 35 años. Por ende, 34 más 35: estamos hablando de la misma empresa instalada en el mismo territorio argentino durante 69 años.
Finalmente, la Reforma establece beneficios impositivos a las empresas, tales como prohibir cualquier impuesto nuevo o incrementos de las ya existentes por parte de las provincias y municipios, como así tampoco elevar el impuesto a los sellos (Anexo I).
Como puede observarse, la Reforma a la Ley de Hidrocarburos brinda un paraíso fiscal para las petroleras que buscan saciar su sed por los recursos no convencionales, sin límites de extranjerización para el país, ni concentración y con escasez de regímenes impositivos.
La Reforma no habla de la participación de las comunidades indígenas afectadas por la actividad petrolífera, ni de la problemática detrás del fracking; solo un capcioso artículo 23 que recuerda la propenderación de los estados en materia ambiental a partir de lo estipulado en la Constitución Nacional.
Hoy se debate la Reforma en la Cámara de Diputados. Todo indica que se aprobará por mayoría. La sed por Vaca Muerta y otros yacimientos llevan a aceptar cualquier despojo con tal de conseguirlos. No solo por parte de las empresas, sino también de los estados nacional y provinciales. La flamante ley será como el huevo de la serpiente: la membrana se vuelve tan transparente que el monstruo de adentro se vuelve evidente.
* Nota compartida desde Ecos Córdoba el 30 de octubre de 2014. Disponible en ecoscordoba.com.ar
@LeandroRo