Por Carolina Zanino. Con esta medida se busca generar una mayor liquidez en el mercado local y abastecer de reservas al Banco Central de la República Argentina (BCRA).
El decreto 1722 publicado ayer en el Boletín Oficial establece la obligatoriedad para que mineras y petroleras tengan que liquidar en la plaza local todas las divisas provenientes de sus ventas en el exterior (unos u$s 3.000 millones al año).
El gobierno tomó esta decisión “por razones de equidad”, según el decreto firmado por la presidente Cristina Fernández, el jefe de Gabinete, Aníbal Fernández, y del ministro de Economía y vicepresidente electo, Amado Boudou.
Esta es una medida que progresa en la intervención del Estado para la regulación de la expatriación de divisas de estos sectores extractivos, que vienen gozando de amplios beneficios en nuestro país. A diferencia del sector agropecuario cuyas ganancias en dólares por exportaciones ingresan al Banco Central, y luego reciben sus ingresos en el mercado local, estos dos sectores no recibían el mismo trato. Hasta hoy las empresas petroleras estaban obligadas a liquidar en la plaza local un 30% de sus ventas en el exterior, mientras que las mineras, en cambio, no tenían ningún compromiso sobre esas transacciones.
Resulta difícil desconocer el contexto en que se da esta medida, cuando existe una disminución en el ingreso de divisas, según el ultimo informe del Indec referido al mes de septiembre de 2011 las importaciones crecieron mas que las exportaciones respecto al mismo mes del año anterior , reflejando una tendencia que se viene dando y que el gobierno ha tratado de soslayar a través de una política monetaria activa, que vende y compra dólares en el mercado local para mantener el tipo de cambio actual. Estas medidas hoy le imponen la necesidad de abultar sus reservas internacionales para ejercer tranquilamente la política cambiaria. Esto impone la necesidad de obtener dólares, frenar la fuga de capitales, y financiar el déficit comercial de algunos sectores productivos.
La fuga de capitales en Argentina no es una novedad, y se vincula principalmente con dos aspectos del carácter económico-productivo nacional: por un lado el alto grado de extranjerización de la economía que implica el envío de ganancias de las empresas locales a sus casas matrices en el exterior (porque existe escasa re inversión de utilidades), y por el otro, el alto grado de dependencia de bienes importados que no se han logrado sustituir y que presionan también en la demanda de dólares.
Esta resolución que significa una intervención del estado en pos de conservar el valor de la moneda, en el marco de una crisis internacional que no finaliza, tendría un alto impacto sobre todo en el sector minero, que está beneficiado, entre otras cosas, por la posibilidad de liquidar en el exterior hasta el 100% de las divisas que obtienen por exportación. El alto impacto se vincula a la composición del sector y la cantidad de divisas que genera.
Si tenemos en cuenta que de las 135 empresas mineras que están en nuestro país cerca del 85% son de capitales extranjeros y que exportan toda la producción de mineral concentrado, el monto de divisas que se envían al exterior es muy alto, y consta principalmente de enviar a las casas matrices las ganancias obtenidas por exportación. Divisas que no se traducen en re inversión productiva en el país.
Esta medida implica un avance positivo respecto a la desregulación del sector impuesta en los ’90, donde se instituyó una legislación minera que determinó el pago de regalías simbólicas a las provincias en base a declaraciones juradas realizadas por las empresas que el estado toma como dato real.
La medida actual, si bien resulta positiva, es un pequeño paso si consideramos el alto grado de libertad de acción empresarial y de cuantiosos beneficios fiscales que favorecen a este sector, cuyo lamentable impacto ambiental y social implican una mención aparte.
Específicamente hablando de sus beneficios económicos, la legislación minera indica:
Tope de 3% en regalías por valor de mineral en boca de mina.
Exención del arancel de importación a bienes de capital e insumos.
Exención del impuesto a la ganancia mínima presunta, cheques, activos y combustibles líquidos especiales
Exención de contribuciones sobre la propiedad minera.
Devolución Anticipada y Financiamiento de IVA en importación o compra de bienes e inversiones de infraestructura.
Reembolsos a exportaciones por puertos patagónicos.
Es justamente por esta legislación pro minera que Argentina ocupa lugares destacados en la encuesta anual de empresas mineras. Según la Encuesta Anual de Empresas Mineras 2005-6, Fraser Institute de Canada: Argentina ocupa el 2º puesto con menor carga impositiva, luego de México, y dejando atrás a Chile en tercer lugar, y el vecino Brasil en el décimo puesto. Y ocupa el octavo puesto en cuanto a su permisividad.
Estas empresas que extraen minerales, y las petroleras que extraen crudo del subsuelo nacional, que no re invierten sus altas ganancias en proyectos productivos, y gozan de altos beneficios fiscales, por lo menos ahora deberán liquidar sus ingresos de divisas. Divisas que generan por la exportación de comoditties que presentan altos precios hoy en día, y que por su carácter de bienes estratégicos y de reserva de valor, continúan creciendo en su precio, y en las posibilidades de su producción en el suelo argentino.