El pasado 31 de marzo venció el DNU 320/2020, el cual prohibía los desalojos en el marco de la emergencia sanitaria establecida por la aparición del COVID19. Hablamos con Luna Miguens, coordinadora del área de Derechos económicos, sociales y culturales del CELS.
Por Agustín Bontempo e Ignacio Marchini
El problema habitacional en la Argentina es basto y extendido. Millones de personas a lo largo y ancho del territorio nacional se ven afectadas por la inexistencia de posibilidades concretas de alcanzar la vivienda propia, conviven con condiciones desiguales y depredadoras para sostener alquileres o incluso viven en condiciones de suma marginalidad.
Sobre este escenario y frente al vencimiento del DNU que prohibía los desalojos, hablamos con Luna Miguens del CELS, en el programa de radio Antes que se acabe el mundo, que se emite todos los jueves a las 19 hs en Trilce Radio
¿Cuál era su alcance real del DNU? Precisamente de las personas que necesitaban de esto en términos legales, sabemos que hay sectores que se encuentran en una situación habitacional muy vulnerable viviendo en villas o asentamientos, casas ocupadas. ¿Cuál era el escenario en el que se encontraban estas personas?
Efectivamente, el DNU si bien es algo que alcanza a toda relación de alquiler, tenga o no un papel firmado; es decir con tan solo demostrar que una tenía una relación de locador – locatario, en los hechos se terminó aplicando efectivamente en aquellos que sí tenían un contacto por escrito. Hemos visto en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires desalojos en La Boca, Boedo. Los desalojos “formales” que continuaron con intervención de la policía y desalojos “informales” de quienes no han podido pagar su alquiler, en una relación más informal con su locador y han sido desalojados/as de su casa sin poder recurrir a una instancia de reclamo porque consideraban que al no ser formal la relación, no estaba amparados/as por el decreto, cosa que no era así y hubiese estado bueno difundir más el alcance del DNU que también protegía a las relaciones de locador – locatario que no tenían un contrato firmado por escrito.
En ese contexto, con algunos problemas que ya teníamos en el marco regulatorio del DNU, actualmente ¿Cuál es el riesgo a lo que estas personas se exponen a partir de la posibilidad de que vuelvan los desalojos amparados por el marco legal?
El DNU 320/2020 era un decreto muy importante en términos de protección. Por un lado, la suspensión del desalojo que garantiza que nadie se quede sin una vivienda en este contexto de pandemia, cosa que es esencial; y por otro lado la renovación automática de los contratos, que nadie tenga que salir a buscar una vivienda y afrontar el costo de una mudanza y demás en este contexto de pandemia. Después, el decreto no es que congelaba los alquileres, sino que difería el pago de los aumentos después de vencido el decreto. Es decir, el pago del alquiler a valor Marzo 2020 había que seguir pagándolo igual. Los aumentos que correspondían de Marzo en adelante, se podían pagar una vez vencido el decreto, dentro de un plazo de 12 meses. Esto es lo que empezó a correr ahora a partir de principios de Abril.
Es decir, generaba una deuda
Así es, generaba una deuda. Y los niveles de endeudamiento de los inquilinos son altísimos. Por eso nosotros y nosotras creemos que no están dadas las condiciones en este momento para sacar de un día para el otro todas las protecciones, para evitar que millones de personas, millones de hogares de inquilinos tengan que enfrentarse repentinamente a el pago de un alquiler actualizado más las deudas contraídas, en algunos casos con intereses porque las personas que no pudieron pagar el valor de Marzo 2020 (no los aumentos, sino el costo inicial), eso se puede devolver en 12 meses con intereses y también está el costo de una mudanza. Todos/as sabemos que son altísimos. Nuevos alquileres y el hecho de mudarse hoy, es caro. La realidad de millones de hogares de inquilinos que tienen que hacer frente a ese acumulado de gastos lleva a que algunas familias tengan que vivir con otros familiares, lo cual genera más hacinamiento. O irse a alquilar alguna habitación o pensión, o casa de asentamiento con malas condiciones habitacionales, y esto hay que pensarlo también desde lo sanitario, tampoco contribuye en términos del combate a los contagios y a la situación de pandemia y de medidas preventivas básicas.
Existe la nueva ley de alquileres, impulsada por la Agrupación Inquilinos/as Agrupados/as junto a otras organizaciones y organismos. ¿Tiene alguna contemplación o resolución para este tipo de problemas que mencionas?
La ley mejora algunas relaciones entre locador y locatario a la hora de ingresar a un contrato, donde el inquilino/a no se ve forzado a negociar por ejemplo los aumentos de manera libre con el propietario en esa relación asimétrica. Siempre es muy difícil en esa negociación libre, sino que queda atado a un índice lo que le da más previsibilidad a ambas partes, extiende el contrato por 3 años, lo que es favorable también para el inquilino. Después sí, quizás a mediano plazo la ley de alquileres dispone que debe haber un programa de alquiler social, la construcción de viviendas sociales que no sean solo para futuros propietarios y propietarias sino también destinadas a inquilinos e inquilinas y eso puede ayudar. Si el Estado logra ingresar como un actor en el mercado de alquileres puede incidir de alguna manera en los precios. Es importante que el Estado se convierta en un actor activo en ese mercado que hoy está totalmente desregulado y librado a las relaciones entre propietarios/as e inquilinos/as que hace que sea un mercado muy difícil de orientar y manejar, de hecho lo vimos en cómo fue la ley de alquileres. Bueno, es un objetivo de horizonte de mediano – largo plazo.
Actualmente, el Estado ¿Cuenta con herramientas de intervención en los alquileres, precios, regulaciones?
En los precios no. Si en los aumentos, lo cual en algún punto lo es, pero no el precio inicial.
Queremos detenernos en la informalidad. Es decir, alquileres en villas o asentamientos, las viviendas que están vacías y no hay disponibilidad para las familias que tienen una necesidad. En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hablamos de mucha gente que está en esa condición, ¿La ley de alquileres tiene algún alcance sobre este sector?
Si, debiera. El problema es que si el Estado no sale a sancionar la ley y no sale convertir los marcos normativos, ni defenderlos, ni difundir los alcances de esas protecciones que genera, disponer mecanismos de denuncia… Por ejemplo, en Argentina tenemos 1.700.000 hogares de inquilinos, hablamos de 7.000.000 de personas y el Estado no tiene una ventanilla para atender los reclamos de esa población, reclamos asociados a su lugar de inquilinos. Eso es una cuenta pendiente, no es solamente una ley. Es una ley más una serie de medidas y políticas de respaldo a esa ley y esas protecciones.
Y con respecto a los recursos, toda la relevación presupuestaria que eso conlleva para llevarlo adelante. Gracias al alquiler social, entre otras cosas, para poder contar con una regulación dentro del mercado inmobiliario.
Si, recursos que hacen que se pueda garantizar un bien básico como lo es la vivienda. Así como se garantiza la salud, la educación, la vivienda es uno de esos núcleos esenciales que sin eso no se puede reproducir la propia vida, ¿Qué decir? Salud, educación, vivienda, alimentos. Es un núcleo esencial de derechos sin los cuales uno no puede mantenerse en vida.
En la Ciudad autónoma de Buenos Aires tenemos, por un lado, más de 300.000 personas que viven en villas o asentamientos y más de 10.000 en condición de indigencia, y por otro lado, 30% de las viviendas ociosas volcadas a la especulación inmobiliaria, sumado al dato que mencionaste, preocupante, a nivel nacional. Teniendo en cuenta que algunos países tienen fuertes regulaciones sobre estas viviendas ociosas y los valores de alquileres como Francia, Alemania. ¿Qué alternativas consideran viables para poder terminar con la situación de angustia de millones de personas que no acceden a la vivienda propia o deben hacer esfuerzos excesivos todos los meses para pagar el alquiler?
En CABA se da una situación paradójica. Tenemos la misma población que en los años 50, la construcción no para de crecer, basta con ir caminando por la ciudad para ver la cantidad de edificios que se están construyendo constantemente, y a la vez tenemos un déficit habitacional que crece todos los años. Hay algo que no está funcionando en términos de oferta y demanda. En términos de mercado e industria de la construcción. Hay un desacople de la situación habitacional y de lo que se está produciendo. Creemos que hace falta un Estado que no deje la situación habitacional y de vivienda en manos del mercado, del negocio inmobiliario. Hoy, donde se produce en la ciudad, qué tipo de vivienda se construye, dónde se construye, etc., está 100% orientado por el negocio inmobiliario.
Tenemos el caso emblemático de Costa Salguero por ejemplo que ahora está en discusión.
Exactamente. Ese es el eje rector de producción de la Ciudad de Buenos Aires, es la lógica en que se desarrolla nuestra ciudad. Hace falta un Estado que intervenga en ese proceso, que lo haga con incentivos y desincentivos para priorizar el derecho a la vivienda por sobre estos mecanismos o procesos de especulación, básicamente sobre el negocio inmobiliario.
Antes que se acabe el mundo se emite todos los jueves de 19 a 20 horas por Trilce Radio, con la conducción de Agustín Bontempo e Ignacio Marchini y la producción de Maru Waldhüter y Macarena Martínez.