Por Karen Saya. La presidenta Cristina Fernández, promulgó el nuevo Código Civil y Comercial. Cuáles son los avances y los retrocesos. Un nuevo análisis sobre la legislación que cambiará la vida de los argentinos en los próximos años.
La reforma del Código Civil y su unificación con el Comercial ya es ley y fue promulgado por la presidenta de la Nación, Cristina Fernández. La votación en diputados no contó con la presencia de la oposición que se retiró del recinto luego de criticar las formas en que se dio la modificación. El programa radial La Revancha dialogó con el abogado e integrante del colectivo de abogados populares “La Ciega”, Diego Franceschi, para analizar la normativa.
-¿Qué implica que el Código Civil se haya unificado con el Comercial, en el sentido que tienen objetivos distintos?
-Esto viene de la Constitución cuando se la sancionó en 1953 que manda a sancionar el Código Civil por un lado y el Código Comercial por el otro. Esta diferencia en realidad sucede más que nada en que el Código Civil contemplalas relaciones privadas, las relaciones de familia, las sucesiones y los contratos civiles. Y el Código Comercial originalmente estaba pensado como una forma de regular solamente las relaciones de los comerciantes. En esa época los comerciantes eran vistos como un sector que se le otorgaba privilegios especiales. Cuestión que con el correr del tiempo se fue diluyendo y ya se fue viendo la necesidad desde los sectores poderosos de la sociedad unificar los dos ordenamientos.
-¿Se puede afirmar que con la unificación se termina privilegiando una lógica mercantil para regular las relaciones sociales?
-Esta unificación podría ser una mercantilización de las relaciones de la vida privada de las personas, de los derechos de las personas. En realidad algunas cosas siguen igual regidas como antes en el Código Civil. Esta idea de unificar viene de la época de 1990, del menemismo, es la idea de introducir modificaciones que hacen a regulaciones, que dentro de lo que es el derecho comercial se le dice contratos modernos o nuevas instituciones, en realidad por detrás están actualizadas algunas regulaciones como para hacerlas más beneficiosas a la acumulación del capital.
–Uno de los artículos cuestionados, sobre todo desde las organizaciones feministas, es el Artículo 19 donde se establece que la existencia humana comienza en el momento de la concepción. ¿Este artículo impide la promulgación del proyecto de interrupción voluntaria del embarazo?
-En principio no. Si se aprueba posteriormente un proyecto de interrupción voluntaria del embarazo, los jueces tendrán que ver cómo compatibilizar las normas. De todas maneras, si se promulga un proyecto de este tipo, modificaría lo que se contradice con el Código. Porque el Código no hay que olvidar, tiene la jerarquía de cualquier ley. Pero, por otro lado, refleja la voluntad política del Gobierno, del oficialismo, de legislar en contra del derecho al aborto y de responder a las exigencias de la Iglesia. El Artículo 19 en un principio contemplaba que se incluya el comienzo de la vida con la concepción en el seno materno. La Iglesia pidió que la parte del seno materno se elimine, para que se entienda como persona humana al embrión no implantado.
-En materia de derecho laboral se introdujeron algunas modificaciones que favorecen a los empresarios y afectan a los derechos de los trabajadores ¿en qué consisten?
-En realidad para los trabajadores a veces el gran problema, una vez ganado el juicio laboral, es lograr cobrarse lo que le debe el patrón. Lo que hacen los empresarios muchas veces, es constituir sociedades u otras figuras jurídicas para escudarse detrás de ellas y no responder con su patrimonio frente a los créditos de los trabajadores. Lo que se había planteado muchas veces, es que cuando el empresario es individual, una sola persona, no puede constituir una sociedad de una sola persona porque resulta un absurdo, y lo que hace este código nuevo es contemplar las sociedades de una sola persona, así se posibilita a los empresarios individuales protegerse. También se incluyen las regulaciones de uniones transitorias de empresas, que son un conjunto de empresas que se dedican a realizar una actividad determinada para algo muy concreto. Y el trabajador que se relaciona con algunas de las empresas no va a poder ir en contra de las otras transitorias, lo que también es desprotección de los trabajadores porque en definitiva todas las empresas se están enriqueciendo con el trabajo del trabajador. El nuevo Código Civil sigue contemplando la locación de servicios cuando regula el tema de la prestación de servicio, lo que permite seguir encubriendo relaciones de trabajo dentro de la figura de la locación de servicios que sería reconocer que alguien presta servicio como algo muy amplio pero no reconocer los derechos que se les reconoce a los trabajadores en la ley del contrato de trabajo.
-A nivel general, esta unificación del Código Civil y Comercial ¿lo ves como un avance o un retroceso?
-Sinceramente, teniendo en cuenta otras normas que no les puedo contar, yo lo veo como un paso hacia atrás. Nosotros desde el Colectivo de Abogados Populares “La Ciega”, lo vemos como algo regresivo. Sí reconocemos que tiene algunos avances que son los más difundidos en los medios masivos, la posibilidad de divorciarse con más facilidades, matrimonio igualitario, esas cosas sí son positivas. Pero de todas maneras, como vemos que se meten esas ventajas para la gente común pero, por el otro lado, salen estas disposiciones que nos perjudican a los trabajadores, a las mujeres, a la gente que no tiene acceso al agua, entre otros sectores.