Por Demian Konfino. Desde el mes de junio se realizaron diversas reuniones de asesores de la Comisión de Vivienda de la Legislatura porteña, con una reconocida participación de vecinos y organizaciones villeras, para debatir sobre el Dictamen N.° 98 del 2013 que reglamenta la urbanización de las villas 31 y 31 bis.
El Dictamen N.° 98 del 2013 es el que regula “el proceso de urbanización y radicación del Barrio 31 Carlos Mugica”. Tal como establece su artículo 1º, delimita el polígono a urbanizar, incluyendo al barrio San Martín, sector que fue poblado con posterioridad a la sanción de la Ley N.° 3.343; aprueba un anteproyecto urbano, describiendo las diferentes acciones a realizar en el trazado del barrio -tales como aperturas de calles, pasillos, parques y consolidación de viviendas-; establece la necesidad de relocalización -dentro del perímetro del barrio- de aquellas viviendas que se encuentran en sectores destinados a otros fines; define el diseño, adjudicación y financiación de las viviendas nuevas; fija un porcentaje del presupuesto general de la Ciudad para la ejecución de las obras a encarar; y refiere a la regularización del dominio de inmuebles a favor de sus habitantes, entre otras disposiciones.
Durante el primero de los encuentros, el lunes 2 de junio, los asesores del PRO intentaron correr el eje del debate, planteando que las tierras no pertenecen al Estado de la Ciudad, argumento que vienen esgrimiendo hace varios años para evitar avanzar en la concreción de la radicación formal del asentamiento como un barrio más de la ciudad. Sin embargo, en la reunión de la tarde del 9 de junio, la visita del autor del proyecto urbanístico, el arquitecto Javier Fernández Castro, disipó todo atisbo de dudas sobre la solvencia técnica de la propuesta, quedando espacio solo para la imposición de los extraños mecanismos reglamentarios por los que la primera minoría legislativa (el bloque PRO tiene 28 legisladores sobre 60) posee la mayoría de legisladores de todas las comisiones, salteándose la sensatez del planteo y su razón constitucional.
Es así que el artículo 31 CCABA refiere al derecho a la vivienda digna promoviendo “la integración urbanística y social de los pobladores marginados, la recuperación de las viviendas precarias y la regularización dominial y catastral, con criterios de radicación definitiva”.
En este sentido, en la sesión del 28 de septiembre de 1996 de la Convención Constituyente, el convencional Eduardo Jozami explicó el espíritu de este artículo: “Los habitantes de las villas de emergencia deben ver resuelto su problema de vivienda de acuerdo con el criterio de la radicación en el lugar”.
Radicación para ser un barrio digno
La convencional María Elena López definió: “La idea de aludir a la integración urbanística tiene que ver con la integración de todos esos asentamientos al resto de la Ciudad; urbanizar es abrir calles, es instalar luz, proveer de agua y abrir plazas”.
Ningún proyecto puede contemplar el traslado de los habitantes del barrio ni imponer nuevas condiciones a los habitantes de la Ciudad para ejercer su derecho humano a la vivienda. Tal era la opinión del Director de la Comisión de Vivienda hasta el año pasado, Fernando Trabucco, del PRO, quien en septiembre de 2013 había leído una serie de “propuestas” de exclusión de personas que no tendrían derecho a la vivienda digna en las villas 31 y 31 bis, entre ellos las personas con causas penales, con hijos en edad escolar que no cumplieran con la asistencia obligatoria a la escuela, y quienes tuvieran deudas con la Ciudad, entre otras. Además había insinuado la posibilidad de ofrecer dinero para que los vecinos escogieran el desalojo del polígono de la villa de Retiro.
Dichos ensayos discursivos resultarían abiertamente inconstitucionales de concretarse en una norma. Asimismo, contravendrían la propia Ley N.° 3.343 de urbanización de villas 31 y 31 bis, ya que esta norma, entre otras cuestiones, prohíbe los desalojos o “traslados” de los actuales habitantes del asentamiento de Retiro.
La emblemática 3343, resulta -paradójicamente- blandida por el Poder Ejecutivo de la Ciudad a la hora de celebrar contratos con cooperativas afines dentro del “Programa de Mejoras” creado por el PRO para penetrar a través de la SECHI (Secretaría de Hábitat e Inclusión) de modo clientelar en las villas 31 y 31 bis. En esta senda, los contratos que la Ciudad suscribe con dichas cooperativas para obras, sin coordinación entre sí ni planificación central en el marco de un proyecto urbanizador, se llevan a cabo bajo fórmulas legales en las que se mencionan explícita y cínicamente a la Ley N.° 3.343.
De todos modos, el pasado lunes 14 de julio, los vecinos del barrio y las organizaciones barriales, como la Mesa por la Urbanización de las villas 31 y 31 bis Padre Carlos Mugica, se hicieron presente en la reunión de Diputados de la Comisión para reclamar el urgente tratamiento por parte de los legisladores. La oposición apoyó la moción popular, pero permanecieron vigentes las maniobras dilatorias de los diputados del PRO para evitar el tratamiento. Esa misma conducta evasiva se reiteró en la reunión de asesores del lunes 4 de agosto.
Sin embargo, la organización del pueblo villero viene creciendo y ya se hace sentir en el Palacio Legislativo. El oficialismo porteño va quedando cada vez con menos margen político para negar el debate parlamentario sobre la urbanización de la villa más emblemática de la ciudad, allí donde se exige el derecho del pueblo a una vivienda digna real en el lugar donde se vive.
La aprobación del dictamen cuenta con nuevos bríos que hacen pensar que por fin pueda cumplirse el sueño del padre Mugica, a 40 años de su asesinato: hacer de la villa de Retiro un barrio obrero.