Por Laura Salomé Canteros @laurasalome / Foto: Gustavo Pantano
En un contexto de evidentes maniobras de desinformación desde los medios hegemónicos, personas detenidas en los penales y familiares de víctimas de la violencia institucional en las calles instalan un rechazo a ser escuchado en el Congreso: ¡no a la reforma de la ley 24.660!
A la par de que se multiplican las acciones de solidaridad y las huelgas de hambre en diferentes unidades penitenciarias, familiares de personas detenidas y víctimas de violencia institucional, organismos de Derechos Humanos y organizaciones y cooperativas de personas liberadas realizaron ayer en horas de la tarde una marcha en inmediaciones al Congreso de la Nación en rechazo a la reforma de la Ley 24.660 de ejecución penal.
La iniciativa parlamentaria pretende modificar parcialmente la Ley 24.660, reúne los proyectos del diputado Luis Petri (Cambiemos) y de la diputada Mónica Litza (Frente Renovador), tiene media sanción de la Cámara de Diputados y hoy se trataría en la Comisión de Legislación Penal de la Cámara de Senadores. Elimina el régimen de progresividad de la ejecución penal para la mayor parte de las personas condenadas y lo reduce a su mínima expresión para el resto. Plantea la imposibilidad para determinados delitos del acceso a salidas transitorias, semilibertad, libertad condicional y libertad asistida.
Según esta reforma la lista de delitos se amplía a la ya existente incluyendo todo homicidio simple o agravado, todos los delitos contra la integridad sexual (exceptuando el abuso simple, difusión de pornografía, sustracción de mayores para menoscabar su integridad sexual y grooming), secuestro coactivo si se causa intencionalmente la muerte, robo agravado, homicidio en ocasión de robo, secuestro extorsivo si se causa intencionalmente la muerte, infracciones a la ley de drogas, trata de personas, delitos económicos, condenas por ley antiterrorista, contrabando, tortura seguida de muerte, corrupción y fraude contra la administración pública y delitos cometidos por asociaciones ilícitas.
El debate, interesadamente desinformado mediante una campaña llevada adelante fundamentalmente por operadores políticos y opinadores de la derecha en los medios de comunicación hegemónicos, fue instalado tras el femicidio que habría cometido Sebastián Wagner sobre Micaela García en Entre Ríos. Por eso, los días anteriores a la marcha de ayer, familiares, sobrevivientes de la violencia institucional y referentes de la lucha antirrepresiva instalaron una mesa frente al Congreso donde informaron sus argumentos en contra de cara a la sociedad.
La Ley Nacional 24.660 es la que regula la vida de las personas privadas de libertad, ya sean las condiciones de alojamiento como el acceso a la salud, al trabajo, a la educación, a la recreación y los diferentes pasos que se deben dar para que una persona recobre la libertad. La lista de delitos que se incluye en ella es muy amplia y por eso no se comprende cuál fue el criterio para realizar la restricción que propone la reforma ya que se incluye, por ejemplo, las condenas por delitos no violentos como el tráfico de drogas a pequeña escala.
Quienes tienen posibilidades no reinciden
Para Julián Axat, Director del Programa Acceso a la Justicia del Ministerio Público Fiscal (MPF), “la modificación de la ley avanza sobre los derechos de los presos que es lo que la ley precisamente consagra” y afectaría “los derechos a la progresividad en la salud, el trabajo, la educación y a recuperar la libertad”.
“La reforma otorgaría más facultades arbitrarias y represivas al Servicio Penitenciario”, afirma Ayelén Stroker desde el Frente Sin Reversa, espacio para visibilizar la lucha antirrepresiva contra esta reforma y otras hermanadas como la pretensión de imputar de delitos a niños y niñas, “se agravan ilegítimamente las condiciones de detención y se da mayor grado de decisión a los órganos técnicos de custodia dentro del SP”. Y agregó, “la única herramienta hoy para defender los derechos en la cárcel es el habeas corpus y la pregunta es, con esta modificación, el habeas corpus, ¿quién lo va a definir, el mismo Servicio Penitenciario? Si esta reforma se concreta no va a haber quien denuncie los abusos”.
Para la Procuración Penitenciaria de la Nación (PPN), el proyecto de modificación es ineficaz y acarrea graves problemas de implementación. “El proyecto contraviene los estándares constitucionales de resocialización y reinserción social reconocidos tanto por nuestra Corte Suprema de Justicia de la Nación como por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, y previstos como finalidad de las penas de prisión en las “Reglas Mandela”, que constituyen la normativa de Naciones Unidas para el tratamiento de los reclusos”. El organismo afirma además que “el agravamiento de las condiciones de cumplimiento de las penas” y “el endurecimiento de la legislación penal y el incremento de la población reclusa” no conducen a mayor seguridad.
Para la PPN es importante avanzar hacia “una justicia fortalecida y no fortaleciendo la administración penitenciaria”, “una fuerza de seguridad, regido por una ley orgánica de la última dictadura militar, cuya democratización es una deuda pendiente del Estado argentino”. En este sentido, aseguran que poner el foco en ampliar las facultades de intervención de la administración penitenciaria es “un error irreparable”. “La clave no es retroceder en este punto sino fortalecer a la justicia con procesos de ejecución orales, ágiles, que cuenten con equipos interdisciplinarios que den apoyo a las decisiones judiciales”, agregan. Por otro lado, la sobrepoblación de las cárceles y las violencias que conlleva el hacinamiento son contrarias a la “resocialización”.
Para Axat, “estos intentos de reforma intentan violar el principio de progresividad constitucional son intentos demagógico punitivos que lo que hacen es discriminar por determinados delitos a determinadas personas violando la igualdad ante la ley y cercenando derechos”.
Para Stroker, “se está haciendo esto y no se está recurriendo a bases de análisis de las consecuencias de este tipo de medidas. Quedó demostrado que la lógica punitiva no ha funcionado” y que “a las cárceles abarrotadas se van a agregar condiciones de mayor hacinamiento que las actuales”. Para la activista “el trasfondo es el negocio de la cárcel, de quien la maneja” y por eso esta reforma “profundiza las problemáticas que ya existen”.
El debate sobre los delitos sexuales
El tratamiento en el Congreso de la modificación a la Ley Nacional de ejecución penal se da evidenciando maniobras de sectores regresivos tras el dolor social por el femicidio de Micaela. Y bajo el debate maniqueo se esconde la profundización y la oportunidad de avanzar en lo que se construyó en materia de Derechos Humanos en el territorio. Delitos sexuales que, por otro lado, aún nos encuentra tratando de conceptualizar que son manifestaciones violentas del poder dentro de una sociedad machista y heteropatriarcal, ejecutadas por una persona pero de responsabilidad de todo el cuerpo social.
O en palabras de antropóloga feminista Rita Segato, que en una entrevista radial pareció sorprender a la hegemonía masculina del periodismo comercial, “el violador no es un ser anómalo, en él irrumpen determinados valores que están en toda la sociedad, entonces nos espantamos y el violador se transforma en el chivo expiatorio de toda la sociedad, pero él fue el actor, el protagonista, de una acción que es de toda la sociedad”.
Por otro lado, su complejidad nos lleva a oscilar entre varias certezas: los abusos y las violaciones son mucho más frecuentes en los ámbitos intrafamiliares que en la calle y no son producto de la inseguridad; son de los delitos que menor índice de condena tienen ya que para muchos operadores de justicia siguen siendo de índole “personal” y de la “intimidad”, individualizando y trasladando el eje sobre las sobrevivientes, a quienes no se les cree y muchas veces terminan siendo investigadas. Y más cuando son personalidades públicas. Y más cuando amigos del poder como el cura pedófilo Julio César Grassi.
Por otro lado, los “violadores” -o gozadores del ejercicio del poder y la dominación- en alta probabilidad reinciden, o sea que el efecto del encierro, eje de este falso debate, es casi nulo en relación a la modificación de sus conductas. A esto se suma que el interés del violador es dar un mensaje a través de su acto de violencia sobre el cuerpo de -generalmente- las mujeres. Además, en caso de existir un imaginario de fantasía sobre las cárceles, tampoco reciben un “tratamiento” particular para lograr la tan mentada “resocialización”.
Por eso, volviendo a Segato, “un sistema de justicia que piensa que la cárcel es la solución al problema de la violencia es un sistema de justicia absurdo”. O en palabras de la abogada Ana Clara Piechestein que con contundencia anticipó las intenciones de los sectores regresivos discutiendo que más de “esta cárcel”, no es la respuesta ante las violencias sociales profundas: “es posible y necesario forzar un cuestionamiento amplio de todas las instancias del Estado en relación con el problema de los abusos sexuales y femicidios que ocurren en la Argentina”. “El uso de la cárcel como respuesta automática no puede ser sostenido sin revisar cómo opera y qué implicancias tiene”.
Hoy desde las 11 continúan las disertaciones en el Senado y será el día en que se escuchen las voces en contra de este intento de reforma que bien merece el debate social informado. Se expondrán los argumentos de quienes a la postre serán las y los afectados en sus derechos en caso de que se logre la la sanción de la Ley 24.660.