A un año de que se absolviera a todos los imputados, la Corte de Justicia de la provincia de Tucumán revocó parcialmente el fallo por el secuestro de Marita Veron y condenó a diez de los trece acusados.
Firmado por Antonio Gandur, Claudia Sbdar y Antonio Daniel Estofán, la Corte Suprema de Justicia de Tucumán hizo lugar a los recursos de amparo presentados ante la sentencia dictada el 11 de diciembre de 2012 por la Sala II de la Cámara en la Penal de Tucumán, en la que se absolvía a los trece imputados por el secuestro de María de los Ángeles Verón y dispuso penas para diez de los acusados, que serán definidas por el tribunal de origen pero con distinta integración.
De esta manera, quedan condenados Daniela Milhein, quien fue acusada de mantener secuestrada a Marita en Tucumán; Alejandro González, José Fernando Gómez y Gonzalo Gómez, acusados de participes necesarios en la retención y sometimiento a la prostitución de la joven; y el policía riojano Domingo Andrada, acusado de buscar mujeres para llevarlas a los prostíbulos de otra de las acusadas, Irma “Liliana” Medina, quien falleció en febrero de este año. A su vez, Alejandro Gonzales, hijo de Liliana Medina esta sospechado de haber forzado sexualmente a Marita.
El resto de los imputados, Paola Gaitán, Mariana Bustos, Humberto Derobertis, Carlos Luna y Azucena Márquez fueron considerados por el fiscal “participes necesarios” en la “retención y ocultamiento agravado para el ejercicio de la prostitución”.
María Jesús de Rivero, quien estaba acusada de haber ordenado el secuestro, y su hermano, Víctor Rivero, acusado de haberse encargado de capturar a Marita, eran los supuestos autores intelectual y material del hecho. Su absolución fue confirmada por el fallo de la corte.
Carlos Garmendia, abogado de Susana Trimarco, hizo referencia a los jueces que liberaron a los acusados, Alberto Piedrabuena, Eduardo Romero Lascano y Emilio Herrera Molina como “jueces de la impunidad”, y aseguró que el fallo de la corte los fortalece y les da la razón en este punto.
En la sentencia de 120 páginas los jueces afirmaron que la perspectiva de género en el análisis el caso es fundamental y que debe vincularse tanto con el fenómeno de la trata de personas como con la violencia de género.
“No se pueden ponderar las pruebas del presente caso sin un perspectiva de género en el análisis y abordaje de los hechos que involucran el fenómeno de la trata de personas y la violencia de género. Obedece a la base común que encuentran dichos fenómenos, consistente en históricos patrones socioculturales que determinan una asignación estereotipada y dicotómica de roles para hombres y mujeres”, sostuvieron los letrados.
Asimismo, realizaron un critica al juez Daniel Moreno del Juzgado de Instrucción en lo Criminal y Correccional N°2 de La Rioja por haber rechazado el allanamiento de las whiskerías solicitado por el juez Manuel Pérez de Tucumán, calificaron la negativa a llevar adelante el procedimiento de “arbitraria” y afirmaron que revelaba “una total desaprensión y una desnaturalización de sus funciones –digno de un severo reproche moral- ya que impidió un actuar eficaz de la justicia y, tal vez, encontrar y rescatar a María de los Ángeles Verón”.