Tras fotografiar la escena de un desahucio, hace dos años, el gobierno español comenzó un proceso de persecución contra Diego. Se le acusa del delito de “revelación de secretos” por documentar los abusos de la policía.
Diego es activista y abogado de la Plataforma de Afectados por la Hipoteca y, además, colaborador de Marcha desde hace años. Desde nuestro medio nos solidarizamos con su caso y exigimos se respeten sus derechos como denunciante de un caso de violencia institucional.
Por Redacción Marcha
En España se está atacando la libertad de prensa y el derecho a la información. El 9 de diciembre se celebra en Guadalajara un juicio que puede ser la puntilla del derecho a denunciar públicamente los abusos del Estado y que puede llevar a un activista contra los desalojos a prisión.
El pasado 26 de marzo de 2019, un grupo de agentes judiciales acudía rodeada de policías locales y nacionales de Guadalajara, a 50 kilómetros al este de Madrid, a desalojar una vivienda en ruinas propiedad de una entidad religiosa vinculada al Opus Dei, la Sociedad de San Vicente de Paúl, en el popular Barrio del Alamín.
En ella vivían una pareja de jóvenes, de 17 y 19 años y un bebé de pocos meses; la vivienda apenas tenía ventanas, habiendo pasado el invierno sin ellas. El desahucio se hizo por sorpresa, y apenas dieron tiempo a la familia a retirar sus pocos enseres, a pesar de que formalmente en España existe una obligación de las Administraciones de no ejecutar desahucios sin solución habitacional, tal y como imponen múltiples tratados suscritos por España, y en especial a los que atañen a la protección del menor.
Vecinas y activistas de la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH), sorprendidos por la acción, comenzaron a protestar desde las ventanas y a fotografiar lo que estaba ocurriendo, para luego difundir las imágenes en sus redes sociales. Esto no gustó en el poder judicial español, y su respuesta a esta forma de protesta ha sido contundente: el delito no fue dejar a una familia en la calle, el delito fue “perturbar la intimidad” de los agentes judiciales.
La Fiscalía Provincial de Guadalajara solicita para Diego, uno de los activistas de ese barrio, una pena de cuatro años y medio de prisión por fotografiar y difundir las caras de los funcionarios, por un delito de “revelación de secretos”. En una decisión insólita y que trascendió a la prensa nacional como un acto de descarada censura, el Juzgado de Instrucción nº1 de Guadalajara ordenó a Twitter borrar una de las fotografías obtenidas en aquel desahucio y prohibió a la PAH, con carácter general, tomar fotografías de desahucios dónde intervenga personal adscrito al poder judicial.
Asimismo, requirió a la red social el listado de activistas que hacían uso de la cuenta de la PAH de Guadalajara, un instrumento de difusión y denuncia que sin duda fue el que sirvió para dar a conocer el caso. Pero lo cierto es que Twitter no entregó esos datos al Juzgado. Consideraba que las actuaciones de los activistas estaban ejercidas en el marco del derecho a la libertad de expresión, y por tanto protegidas por la Constitución de Estados Unidos, lugar donde la empresa tiene su sede. El 13 de junio de 2019, Diego fue llamado a declarar. En un interrogatorio surrealista, la jueza de instrucción, Cristina Vicenta Guerra Pérez, que se había hecho eco de la repercusión de sus medidas, llegó a advertir a nuestro compañero y en presencia de su abogado que “no estaba yendo por buen camino”.
La amenaza de la jueza de instrucción no era una amenaza cualquiera. Diego, aparte de tener una militancia activa en los movimientos sociales de esta ciudad, es abogado de profesión y en muchas ocasiones ha llevado el conflicto social de muchas de las personas que ha defendido hasta el punto de tener un enfrentamiento directo con la Administración y el Poder Judicial.
Diego es abogado defensor de decenas de personas cuyas vidas se han visto truncadas por la represión, por el poder de los bancos o por la falta de recursos y muchas de sus defensas se hacen con expresas renuncias de honorarios, algo que no es muy habitual en el mundo judicial. Porque esta acusación también tiene la función de quitarse de encima a un testigo molesto, que por razón de su oficio, ha conseguido hacer públicos muchos despropósitos de la Administración de Justicia.
El aumento en España de las acusaciones realizadas en virtud del artículo 197 del Código Penal se produce en un contexto en el que el marco para señalar a los responsables de los abusos es cada vez más estrecho. El contexto de crisis económica que partió en 2008 y que se viene agudizando especialmente desde 2018, ha llevado aparejado un incremento de la acción estatal orientada a prevenir movimientos sociales y estados de opinión contrarios a las medidas que hay puestas en marcha.
Y ello conlleva que denunciar el abuso, protestar por él o poner en entredicho la legitimidad de determinados poderes públicos, herramienta indispensable del derecho a la libertad de expresión e información, está siendo cada vez más una actividad de riesgo y peligrosa para quien lo ejerce.
En efecto, ésta ha sido la respuesta de la Administración cuando se denuncia algo como dejar a una familia con un bebé en la calle: aplicar el tipo penal de la llamada “revelación de secretos” a cualquier abuso que las personas puedan documentar y difundir.
Esta grave acusación, que puede llevar a Diego a la cárcel, supone una puerta abierta a que este tipo de abusos se generalicen, como ya está sucediendo. Y es que los delitos de “revelación de secretos” tienen múltiples variables. En noviembre de 2020, Alfonso Galiana, presidente de la Plataforma CentrosDeMenores.es fue condenado a dos años y medio de prisión por denunciar y difundir las imágenes de una contención mecánica -instrumento de tortura, según Naciones Unidas- de un joven recluido en un Centro de Menores de Almería, al sur de España, práctica ejercida por sus vigilantes de seguridad, que sin embargo fueron absueltos por estos hechos.
Al igual que en el caso de Diego, el foco no se puso en las torturas infligidas a los menores, sino en el “derecho a la intimidad” de las personas que aparecían en el vídeo. Pero obviamente el art. 197 del CP es solamente una herramienta, pero no la única, porque el objetivo es la censura, el control de la información, la criminalización de la protesta y el recorte de libertades. En octubre de este año se ha dado a conocer la Sentencia que condena al periodista Fonsi Loaiza a una pena multa de 14 meses más costas -que en caso de impago también pueden llevarle a la cárcel- por responsabilizar a la Policía Municipal de Madrid de la muerte del mantero Mame Mbaye, en 2018, tras una persecución en el barrio de Lavapies de la capital. Y la lista seguirá.