Por María del Carmen Verdú / Foto por Colectivx Veinticuatro/Tres
Abrimos el dossier ante 40 años del Golpe de Estado, realizado en conjunto por Marcha y Contrahegemonía, con un análisis del panorama represivo que se dio en los últimos 12 años. En esta segunda entrega, la perspectiva ante el gobierno de Macri .
Macrismo: continuidades y rupturas
Con el triunfo electoral de Cambiemos, por primera vez en la historia reciente la derecha más conservadora llegó al gobierno por la vía institucional. Por primera vez, también, una misma fuerza política concentra en sus manos el poder de fuego del aparato federal (PFA, gendarmería, prefectura, PSA), más los servicios de inteligencia federales, junto al poderoso aparato bonaerense, el de la CABA, y las demás provincias, como Mendoza y Jujuy, gobernadas por sus aliados radicales.
Apoyado sobre la firme base construida en el gobierno anterior, el macrismo rápidamente mostró sus cartas. Además del perfil de los elegidos para dirigir el área[1], y de los reiterados episodios represivos contra trabajadores (Cresta Roja, estatales de La Plata, etc.), una de las primeras medidas en el ámbito de la represión fue el decreto que declaró la emergencia nacional en seguridad. Su principal consecuencia es que el poder ejecutivo nacional, y los provinciales que adhieran, pueden, sin siquiera los tibios controles y formalidades existentes, cambiar el destino de partidas presupuestarias y hacer contrataciones directas, o sea, tienen libre manejo de la caja para incrementar el poder de fuego del aparato represivo estatal frente al “delito complejo y crimen organizado”.
El decreto incluye en ese concepto varios delitos de los habitualmente usados para la persecución política, como la asociación ilícita “organizada para cometer delitos por fines políticos” (art. 210 CP) y la asociación ilícita calificada (art. 210 bis CP) y los creados por las leyes antiterroristas sancionadas en la década pasada: asociación ilícita terrorista (art. 41 quinquies CP) y financiación del terrorismo (art. 306 CP).
La “ley de derribo” de aeronaves, que naturalmente implica la ejecución sumaria de sus tripulantes y pasajeros, ha sido quizás el aspecto que más se ha comentado de la norma. No ha recibido mayor atención mediática, en cambio, que el decreto autorice a convocar personal retirado de la Policía Federal, Prefectura, Gendarmería y Policía Aeroportuaria, con excepción de condenados o procesados por delitos de lesa humanidad y pasados a retiro por razones disciplinarias. No es menor recordar que los fusilamientos de gatillo fácil, la aplicación de torturas y otros hechos represivos en democracia no son calificados por los tribunales como “delitos de lesa humanidad”, por lo que tranquilamente cualquier represor, incluso condenado, puede ser reincorporado.
La segunda y central medida del macrismo en materia de represión fue el Protocolo de Actuación de las Fuerzas de Seguridad en Manifestaciones Públicas, aprobado por el Consejo de Seguridad Interior reunido en Bariloche, con el consenso ampliamente mayoritario de los gobernadores provinciales. Más conocido como Protocolo Antipiquetes, el dispositivo en cuestión expresa la continuidad de un esquema legal represivo que cobró especial relevancia con las leyes antiterroristas del período kirchnerista y el frustrado intento de una norma similar en 2014, como lo pidió la por entonces presidenta Cristina Fernández de Kirchner en su discurso del 1° de marzo en ocasión de inaugurar las sesiones ordinarias del Congreso.
El decreto establece que las movilizaciones deberán comunicarse previamente, fijando recorrido y estarán sujetas a aprobación de la autoridad, pese a lo cual, si las autoridades deciden levantarlas, se concederán entre 5 y 10 minutos para hacerlo sin el uso de la fuerza. Cualquier otra manifestación no anunciada y autorizada, será considerada espontánea y, como tal, disuelta sin ningún requisito ni intimación previa.
Se establece un cerco perimetral para el trabajo de la prensa, que implica, además de la restricción a ese trabajo, una imposibilidad concreta de filmar y revelar prácticas represivas por fuera de los registros de las mismas fuerzas. La limitación a la prensa hubiera impedido, por ejemplo, la actuación determinante del fotógrafo independiente que retrató el paso a paso criminal de la policía de Duhalde contra Darío y Maxi el 26 de junio de 2002, o el de los periodistas que filmaron el ataque de la patota de Pedraza en octubre de 2010, que costara la vida al compañero Mariano Ferreyra.
En una clara reedición del Proyecto X del anterior gobierno, se autoriza la filmación de las fuerzas represivas para ser utilizadas en sede judicial y se habilita la filmación de reuniones previas, o la identificación de los organizadores, con la excusa legal de prevenir o evitar la comisión de esos delitos como daño o corte de calles.
La unificación de la PFA y la Metropolitana, y la bendición judicial a las detenciones arbitrarias por el Tribunal Superior de Justicia de la CABA se inscriben en la misma línea.
Así, con puño de hierro, el gobierno de Cambiemos va perfeccionando sus herramientas para el control y disciplinamiento social sobre el pueblo, al tiempo que se apresta a reprimir con más dureza aún a los trabajadores organizados.
Una vez más, se pone a prueba la capacidad de lucha organizada de los trabajadores y el pueblo para lograr que sus urgencias se impongan sobre las del poder. Si esa capacidad se despliega, si la fuerza de la movilización se multiplica, no habrá protocolo ni represión que nos pueda.
[1] Ver “Comando unificado para la represión” en http://correpi.lahaine.org/?p=1593.
Primera parte: Continuidades y rupturas de las estrategias represivas durante el kirchnerismo y el macrismo