Por María Siaska. Condenaron a perpetua a un policía de la Federal por el asesinato a sangre fría de Jon Carlos Camafreitas en lo que fue un caso más de gatillo fácil. El Tribunal 23 además dispuso una investigación sobre otros uniformados ante la sospecha de encubrimiento.
El pasado 4 de Septiembre, el Tribunal Oral en lo Criminal Nº 23 dio a conocer la sentencia en la causa que investiga el homicidio de Jon Carlos Camafreitas, de 18 años, por parte del ex Cabo de la Policía Federal, Martín Alexis Naredo. El Tribunal, compuesto por Héctor Magariños, Pablo Jantus y Javier Anzoategui, con la disidencia de éste último, resolvió condenar a Naredo a prisión perpetua por delito de homicidio doloso calificado por haber sido cometido por un integrante de la Fuerza (art. 8º, inc. 9).
Tanto en la etapa de instrucción, como en el marco del debate oral, se logró constatar que el 21 de Enero de 2012 en primeras horas de la madrugada, el móvil 108 de la Comisaría 8ª, ocupado por el ex Ayudante Juan Carlos Moreyra y el ex Cabo Martín Alexis Naredo, circulaba por la Av. Independencia tras haber convocado como refuerzo de la Comisaría 20ª por disturbios en el marco de pelea entre jóvenes en las cercanías de la Plaza Boedo.
En Av. Independencia al 3200, los ex policías afirman haber visto desde el patrullero a dos jóvenes cruzar corriendo dicha avenida, esquivando los vehículos. Esta situación, motivo a la Policía a comenzar una persecución, en primera instancia con el patrullero de contramano para luego continuarla a pie. A partir de ahí, el ex Ayudante Moreyra logró detener a un niño de 14 años –amigo de Jon-, quien no opuso resistencia alguna. El otro joven, que resultó ser Jon Camafreita de 18 años de edad, fue perseguido por el ex Cabo Naredo e interceptado unas cuadras adelante, lugar en el que ex policía lo ejecutó con un tiro en la parte posterior de la cabeza.
La imputación y la actuación de Naredo
A lo largo de la instrucción y posteriormente en las audiencias, la defensa de Naredo, llevada adelante por un “buffet amigo de la policía”, -los mismos letrados que defendieron al policía que mató a Ariel Domínguez en San Temo, al policía que ejecutó a Kiki Lezcano y Esteban Blanco, entre otros-, trató de justificar el accionar del efectivo por la “oscuridad” de la calle Independencia de noche, por la falta de conocimiento que se trataba de dos jóvenes (14 y 18 años) y por la duda de las circunstancias que hacían que éstos adolescentes corrieran por la calle.
No existió argumento lógico alguno que permitiera justificar y comprender al tribunal por qué el ex Cabo extrajo su arma reglamentaria mientras perseguía a Jon, y claro está, mucho menos, porque terminó ejecutándolo. Las explicaciones de un supuesto forcejeo que trató de brindar la defensa, se vieron obsoletas ante las pericias efectuadas por personal de la Gendarmería Nacional y el cuerpo médico forenses. El tiro entró atrás hacia delante, de derecha a izquierda y de arriba hacia abajo, con la boca del arma apoyada en forma firme o floja sobre la cabeza de Camafreita, encontrándose Naredo de pie al momento del hecho y Jon semiagachado, es decir, se trató ni más ni menos, que de una ejecución policial.
El jueves 4, luego que Naredo dejara en claro que no iba a declarar, sino que pidió la incorporación de la indagatoria brindada en instrucción, la Querella, la Fiscalía, y la Defensa expusieron sus alegatos y en razón de las pruebas periciales, las propias declaraciones de los efectivos involucrados y de los y las testigos presenciales, fueron suficientes para que tanto la Querella, representada por la abogada María del Carmen Verdú (CORREPI), como la Fiscalía, a cargo del Dr. Ariel Yapur, solicitaran la pena máxima: prisión perpetua.
Tras los alegatos de la Defensa, en un imposible trabajo de justificar que Naredo haya empuñado el arma, insistir en el forcejeo y en una “actitud sospechosa” de los jóvenes, el ex Cabo tuvo derecho a las últimas palabras, en las que refirió al hecho como un accidente.
El otro policía
El ex Ayudante Moreyra, prestó declaración testimonial en una de las audiencias del juicio, en virtud de haber sido quien co-participó del operativo. De la declaración del ex efectivo y del amigo de Camafreitas, se extrajo que Moreyra fue tras el niño, lo detuvo, lo arrojó al suelo y fue en ese momento en que Naredo se le acercó para decirle que se le había escapado un tiro, que llamara al SAME.
Mientras esta situación ocurría (cabe señalar además que ninguno de los dos uniformados se acercaron para ver cómo se encontraba el joven), el niño de 14 años veía desde el piso como su amigo se desangraba. Respecto de la suerte que corrió el amigo de Jon, fue trasladado en patrullero (sí, con 14 años en patrullero) a la Comisaría 8ª (sí, a una comisaría pese a ser menor de edad y sí, efectivamente a la misma comisaría en la que trabajaba el verdugo de Jon) para “resguardar su integridad”.
Ante esta terrible declaración, el Tribunal insistió en conocer los motivos que llevaron a los efectivos a detener a los jóvenes que sólo corrían por una avenida, a lo que Moreyra simplemente repitió que era para identificarlos, ante un insistente ¿por qué? del tribunal, no existieron respuestas.
Por otra parte, y no por ello menos relevante, Moreyra, a diferencia de lo declarado en sede judicial dijo no haber escuchado el tiro. Recordemos que el ex Ayudante se encontraba con el menor a tan sólo unos metros de Camafreitas al momento de la ejecución.
El Estado dijo presente
Cabe recordar que el mismo día que Jon fallece tras 4 días de agonía en el Hospital Ramón Mejía, a Naredo le fue dictada la falta de mérito, situación que luego, tras el resultado indiscutible de las pericias, se tradujo en un procesamiento por homicidio agravado.
La entonces Ministra de Seguridad, Nilda Garré, ordenó la apertura de un sumario administrativo con el fin de investigar las responsabilidades administrativas del personal policial involucrado no solo Naredo y Moreyra, sino el personal jerárquico y ordenó que ambos uniformados no prestaran servicios.
Posteriormente, a mediados de 2012, dispuso que se iniciara el trámite de exoneración de Naredo (dado que la exoneración debe ser solicitada por el Jefe de la Policía al Ministerio) y que la baja de Moreyra se transformara en cesantía, siendo los máximos castigos que puede afrontar administrativamente personal de las Fuerzas. Dicha situación fue ordenada por vía paralela del devenir de la causa judicial, dado que se entendió que el comportamiento de ambos efectivos violaban todos los estamentos y las normativas de la Fuerza.
Luego de 2 años, de dos Ministros y de un cambio rotundo de objeto del Ministerio de Seguridad, con fecha 22 de agosto se resolvió exonerar al ex Cabo Naredo y cesantear al ex Ayudante Moreyra.
Además de dictar la prisión perpetua para Naredo, cuyos fundamentos serán leídos el próximo jueves 11 de Septiembre a las 16.30, el Tribunal ordenó extraer los testimonios pertinentes y elevarlos a la Cámara a fin de investigar la responsabilidad penal de Moreyra y otros 3 efectivos por la detención ilegal del niño.
Luego de dos años y medio, la familia de Jon y sus amigos pueden sentir al fin un poco de justicia. Que la impunidad del gatillo fácil tiene un límite y que la Policía debe recibir justicia ante el fusilamiento de un pibe, sin interesar que estuviera o no haciendo algo, porque ese no es el eje del debate, sino la deuda de un gobierno, y de un sistema judicial para terminar con la limpieza social de los pibes pobres en manos de las fuerzas de seguridad.