Crédito: Alberto Romo. La semana pasada en la Ciudad de Buenos Aires se desató una enorme polémica por la prohibición (y luego aprobación por parte de la Corte Suprema) de la realización de un aborto no punible en el hospital Ramos Mejía.
Por C. D., desde Rosario*. Después de la polémica en Buenos Aires por la intervención de la justicia en la realización de un aborto no punible, vuelve el tema a la agenda por una resolución de la justicia santafesina en el que se suspende el protocolo de atención que se amolda al fallo de la Corte Suprema.
El último 12 de octubre, el Juez de Instrucción en lo Civil y Comercial de la cuarta nominación en Santa Fe, Claudio Alejandro Bermúdez, notificó al Ministerio de Gobierno de la Provincia la orden de suspender para los supuestos de violación o atentado al pudor, la aplicación del Protocolo de Atención de Abortos No Punibles dispuesto por resolución ministerial. Resolución que contemplaba lo expresado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación el 13 de marzo del corriente año adhiriendo a los lineamientos del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable.
El juez dio, de esta forma, lugar al reclamo del Partido Demócrata Cristiano (PDC) el cual argumenta que el aborto no punible “obstaculiza la investigación de las violaciones”, “atenta contra la vida humana”, y es “inconstitucional”. De esta manera los embarazos productos de una violación podrán ser interrupidos solamente cuando lo autorice la justicia.
La semana pasada la jueza Myriam Rustang de Estrada dictó una medida cautelar con este mismo objetivo en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Sin embargo, la misma fue suspendida por intervención de la Corte Suprema de Justicia.
La respuesta del Gobierno de la Provincia de Santa Fe se hizo escuchar en boca del Ministro de Salud Miguel Angel Capiello al decir que van a “analizar los argumentos del Magistrado y evaluaremos la posibilidad de rechazar la medida”.
Desde la Multisectorial de Mujeres de Santa Fe junto a la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Seguro y Gratuito se comunicó el rechazo a “la actitud del juez Bermudez que desconoce la legislación nacional y los fundamentos de la Corte Suprema de Justicia donde le dice a todos los jueces que no tienen que intervenir en estos casos.”
Mediante una declaración, consideraron la presentación de esta medida “un atropello al respeto por la decisión de las mujeres en un marco de autonomía, violatorio al derecho a la intimidad y confidencialidad”. Denunciaron también el desconocimiento de las leyes nacionales y los tratados internacionales de un partido que se dice “democrático”. Y resaltaron que “la judicialización de los abortos no punibles es ilegal, inconstitucional y genera responsabilidad internacional del Estado en caso de incumplimiento”. Desde este arco de organizaciones se promueve la realización de un juicio político al magistrado.
Por su parte, el ministro de Salud de la provincia, Miguel Angel Cappielo, afirmó que apelarán la medida tomada y que mientras se resuelva el conflicto judicial se aplicará el protocolo para la atención de aborto no punible del 2007.
Justo en la provincia de Santa Fe se dio a conocer uno de los casos que se transformarían en emblemáticos con el correr de los tiempos, de una interrupción del embarazo que no pudo ser por la intervención de la justicia, aún en las condiciones que el código penal indica como no punibles. Es el de Ana María Acevedo, en el 2007, que sufría de cáncer de mandíbula y era recomendado por los médicos que interrumpa su embarazo porque ponía en riesgo su salud. Efectivamente, la intervención de la justicia y la no realización del mismo, provocaron un deterioro en su salud que devino en su fallecimiento.
*Colectivo Des-habitadas