Por Laura Salomé Canteros. Con traslados violentos, cuarenta mujeres fueron desalojadas de la Unidad 31 de Ezeiza para dar espacio a los genocidas que estaban en Marcos Paz. La medida fue ordenada por el Director del Servicio Penitenciario Federal, Emiliano Blanco.
El viernes 23 de mayo integrantes del Servicio Penitenciario Federal dieron cumplimiento a la Resolución nro. 557, dictada por el Director Nacional, Emiliano Blanco, quién ordenó que alrededor de cuarenta mujeres privadas de su libertad fueran desalojadas del Sector A de la Unidad 31 de Ezeiza y trasladadas al Complejo Penitenciario IV de la misma localidad y a la Unidad 13 de La Pampa. El motivo, el alojamiento de imputados y condenados por crímenes de lesa humanidad, hasta ese entonces, detenidos en el Complejo Penitenciario Federal II de Marcos Paz.
La medida, que se basa en la necesidad de garantizarles mejores condiciones de salud a los genocidas procesados y condenados -puesto que allí podrán tener más fácil acceso al Hospital Central I de Ezeiza para recibir diariamente aquellas especialidades médicas que allí se brindan-, fue ampliamente repudiada por diferentes organizaciones que trabajan cotidianamente con las mujeres en situación de cárcel y advierte, en forma contundente, sobre las continuidades, los resguardos y las complicidades entre el sistema represivo estatal de ayer y el de hoy.
La violencia del desalojo incluyó requisas denigrantesa las que fueron sometidas las mujeres al ingresar al Complejo Penitenciario Federal IV, que incluyeron, entre otras cosas, la inspección vejatoria de sus cavidades genitales. Mediante un comunicado de prensa, la Asociación Civil y Cultural “Yo no Fui”, amplía la gravedad de la situación, “la Unidad 31 de Ezeiza, es una unidad de mínima seguridad, preparada especialmente para alojar a mujeres/ madres y sus hijos/as menores de 4 años y mujeres con buena conducta. El Complejo IV de Ezeiza, donde trasladaron a las mujeres es, en cambio, una cárcel de máxima seguridad, con un régimen diferente y con mayores deficiencias edilicias, de cupo educativo, de acceso a la salud, etc.”
Por su parte, el colectivo de personas que están o estuvieron privadas de la libertad, estudiantes de Derecho de la Universidad de Buenos Aires, abogados/as y docentes en “Limando Rejas”, rechazó enfáticamente la Resolución que dispone la reubicación de las mujeres alojadas en un sector de la Unidad 31 de Ezeiza, a los fines de alojar transitoriamente allí a personas detenidas por haber cometido crímenes de lesa humanidad, hasta tanto se construya para ellos un anexo residencial específico para varones adultos mayores dentro del Complejo I.
El traslado se realizó en forma violenta “de modo intempestivo, en horas de la madrugada, durante el fin de semana, por personal masculino armado, sin informar (a las mujeres) el destino ni permitirles los más mínimos preparativos, tales como comunicar telefónicamente a familiares, abogados/as defensores y organismos de derechos humanos respecto de su traslado o llevar consigo sus efectos personales”, informó mediante un comunicado el mencionado colectivo.
“La resolución adoptada por el SPF utiliza argumentos vinculados con el crecimiento de la población detenida por este tipo de delitos, y con la conveniencia de que la misma esté alojada cerca del Hospital Penitenciario. Estamos convencidos de que la salud y la vida constituyen derechos inherentes a las todas las personas y no privilegios para unos pocos. El estado tiene la obligación y el deber de garantizar estos derechos sin discriminación alguna”
Violencias para todas, privilegios para pocos
Carolina Villella, abogada integrante de “Limando Rejas”, al ser consultada por Marcha sobre la situación específica de privilegio de alojamiento para los genocidas, aclara, “si miramos las estadísticas que maneja el propio SPF la población carcelaria actual asciende a 10.083 y su capacidad de alojamiento es de 10.848 personas. Esta es una cifra altísima, pero además si vemos en qué condiciones viven la mayor parte de las personas en la cárcel, notamos que las mismas no alcanzan los estándares mínimos para una vida digna, agravándose su privación de la libertad. Entonces, encontramos hacinamiento, superpoblación y una vulneración de acceso a los derechos como moneda corriente”.
Villella dice que es importante dar publicidad y difusión a situaciones de abuso como éstas que se viven en las cárceles, para involucrar a la sociedad y generar mecanismos para la transformación y volviendo al traslado forzado de las mujeres de la Unidad 31 para dar espacio a genocidas concluye, “la medida del SPF implica un tratamiento preferencial e injusto a los imputados y condenados por crímenes contra la humanidad por sobre el resto de las personas que también sufre y padece enfermedades. Por otra parte, la forma en que se ejecutó la medida demuestra una falta total de respeto hacia las mujeres que fueron trasladadas, ya que fueron sometieron a situaciones tremendas, que incluyeron requisas vejatorias, incertidumbre sobre el destino al que las iban a trasladar e incomunicación” concluye Villella.
“Limando Rejas”realiza talleres de discusión colectiva y horizontal de derechos en el Complejo Penitenciario Federal IV de Mujeres –Ezeiza-. Su objetivo es poner en debate la vigencia de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales para las mujeres que se encuentran privadas de su libertad y los medios existentes para exigir su cumplimiento. Consideran que la reivindicación como sujetas de las mujeres privadas de su libertad, fortalece sus capacidades para actuar en nombre propio y defender y exigir el cumplimiento de sus derechos.
Violaciones a los derechos humanos en las cárceles
Situaciones de violencias física, psicológica, sexual y simbólica se materializan cotidianamente en violaciones a los derechos humanos dentro de los penales de nuestro país para las mujeres privadas de su libertad. En su mayoría, son mujeres que ya han sido previamente víctimas de violencia o que han sufrido la desigualdad social y la falta de oportunidades. En este marco, las instituciones de encierro estatal, lejos de revertir estas situaciones de inacceso, reproducen la discriminación y perpetuán las estructuras dominantes. El aislamiento como mecanismo de castigo se convierte entonces, en una medida sistemática de sanción que solidifica el doblegamiento de las mujeres.
La condena a los militares genocidas y a sus cómplices civiles, sin privilegios, sigue formando parte de las asignaturas pendientes. La democratización de todas las fuerzas, la incorporación progresiva de civiles y organizaciones para el control social, la finalización del maltrato dentro de las instituciones carcelarias de parte de sus integrantes y el esclarecimiento de los asesinatos, deudas necesarias de saldar si en verdad se quiere una sociedad integrada.
En este caso específico, el traslado forzado de las mujeres de la Unidad 31 de Ezeiza, materializa el relegamiento y la discriminación, consolidando en el ámbito la supremacía de los poderes que creyeron ser dioses, jueces y verdugos de la vida a través del terrorismo de estado en la última dictadura militar. Las continuidades y el espíritu corporativo, en ocasiones como éstas, se presentan intactos.