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	<title>Datos Personales &#8211; Marcha</title>
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	<description>Periodismo popular, feminista y sin fronteras</description>
	<lastBuildDate>Tue, 12 May 2020 03:35:11 +0000</lastBuildDate>
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	<title>Datos Personales &#8211; Marcha</title>
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		<title>Las infraestructuras digitales que supimos conseguir (III)</title>
		<link>https://marcha.org.ar/las-infraestructuras-digitales-que-supimos-conseguir-iii/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Ignacio Marchini]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 11 May 2020 10:10:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Economía]]></category>
		<category><![CDATA[Marcha 10 años]]></category>
		<category><![CDATA[capitalismo cognitivo]]></category>
		<category><![CDATA[Datos Personales]]></category>
		<category><![CDATA[Las infraestructuras digitales que supimos conseguir]]></category>
		<category><![CDATA[mas noticias]]></category>
		<category><![CDATA[portada]]></category>
		<category><![CDATA[Sebastián De Mitri]]></category>
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					<description><![CDATA[Los límites entre tiempo de ocio y tiempo de trabajo hoy resultan difusos, mientras que la recolección de datos no descansa.]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p><em>En la etapa actual del capitalismo, el “bit” se ha transformado en la mercancía más preciada. Para muchas personas, los límites entre tiempo de ocio y tiempo de trabajo hoy resultan difusos, mientras que la producción y recolección de datos no tiene descanso.</em></p>



<p><strong>Texto e imagen por Sebastián De Mitri</strong></p>



<h3><strong>Renta básica universal, códigos abiertos y robots para todxs</strong></h3>



<p>El capitalismo ha cambiado: ¿es esta una enunciación de importancia? Cualquier orden social con pretensión de hegemonía tiene una necesidad intrínseca de transformarse a sí mismo para sobrevivir y, por tanto, dichas transformaciones merecen ser analizadas, estudiadas y comprendidas en sus hipotéticos alcances para poder planificar y elaborar transformaciones y/o superaciones posibles por parte de los agentes que funcionan de soporte de tal orden. No obstante, el mero hecho enunciativo no altera su producción y reproducción, es decir, con decir que el capitalismo ha cambiado no provocamos que sus reglas dejen de operar en la realidad. Necesitamos identificar qué es lo que ha cambiado dentro suyo, es decir, identificar no sólo los movimientos culturales / materiales que se produjeron dentro suyo, sino también los motivos de sus alteraciones tanto como sus nuevos centros de comando para desde allí localizar los nuevos flujos que permiten su continuidad en tanto régimen global que organiza la vida de las personas como los destinos y salud del planeta. Quizá la identificación de estas cuestiones puede ser de gran utilidad para elaborar posibles propuestas de intervención política frente a un escenario que se autoproclama como “única alternativa”.</p>



<h3><strong>Un pequeño paso para el conocimiento, ¿un gran salto al vacío para nuestra dignidad?</strong></h3>



<p>El capitalismo ha atravesado diversas etapas desde su surgimiento a la actualidad. Entre mediados y fines del siglo XX, con el desarrollo de las investigaciones que posibilitaron objetivar conocimiento en artefactos específicos para que pueda surgir algo tal como Internet, el modo de producción actual comenzó a sentir cimbronazos en su organización y funcionamiento interno. Si durante su etapa industrial, las tecnologías centrales dentro del proceso productivo capitalista eran aquellas que generaban, almacenaban y traducían materia y energía, durante la etapa actual, (denominada por varios autores como capitalismo cognitivo) (Boutang, 2004; Rullani, 2004), será la Información Digital quien ocupará el centro dentro de tal proceso.</p>



<p>Las tecnologías de la información digital (informática), adoptan en esta etapa (como cualquier otro medio de producción del sistema capitalista según su momento histórico) determinadas propiedades económicas, jurídicas y sociológicas específicas. Una de las características sociales, históricas y económicas principales de estas tecnologías es que surcan el tiempo de trabajo y de ocio, es decir, aquella división clásica entre tiempo de trabajo y tiempo de ocio existente durante el capitalismo industrial, se torna más porosa: hoy no sabemos muy bien cuándo estamos trabajando y cuándo estamos ejerciendo un uso ocioso de nuestro tiempo, o mejor dicho, es difícil saber si nuestro tiempo de ocio es también tiempo de trabajo que le estamos brindando gratis a alguien. Sin embargo, existe algo que hace a este tipo de tecnología aún más específica, que la diferencia sustancialmente de los tipos de tecnologías anteriores y otorga al mismo tiempo la posibilidad de pensar un cambio de etapa dentro del capitalismo: las tecnologías de la información digital toman al “bit” (unidad mínima de información digital) como su sustancia material.</p>



<p>La naturaleza concreta de la composición del “bit”, introduce por primera vez una ruptura entre el proceso de producción y reproducción. La particularidad decisiva que introduce el “bit” es su posibilidad de exacta clonación, prácticamente sin costos (Cafassi, 1998). Dicho de otra manera, la forma que adopta el conocimiento y a su vez posibilita hablar de capitalismo cognitivo, es la <em>Información Digital</em>, un tipo de conocimiento que presenta la propiedad de que puede reproducirse de manera exacta con costos cercanos a cero. Llamamos a esta característica decisiva replicabilidad de la Información Digital (Zukerfeld, 2010). Eso es sin duda una de las disrupciones que mayor peso adquieren en la actual etapa del capitalismo, ya que la información digital pasará a ser el insumo central de ciertos procesos productivos y, por consiguiente, el resultado de estos procesos será otro: los Bienes Informacionales. Se trata de bienes en cuya producción los costos de las materias y de la energía son despreciables frente a los de los conocimientos involucrados (Zukerfeld, 2010).</p>



<p>Lo que adquiere carácter relevante en esta nueva etapa es el peso cultural de este tipo particular de conocimiento, el peso de la información digital. Por eso también algunos autores denominan a esta etapa del capitalismo como<em> informacional</em>, en el sentido en que todo el proceso productivo pasa a estar organizado en torno al papel central que tiene la información en las relaciones de producción capitalistas. En el nuevo modo de desarrollo informacional, la fuente de la productividad estriba en la tecnología de la generación del conocimiento, el procesamiento de la información y la comunicación de símbolos. Sin duda, el conocimiento y la información son elementos decisivos en todos los modos de desarrollo, ya que el proceso de producción siempre se basa sobre cierto grado de conocimiento y en el procesamiento de la información. Sin embargo, lo que es específico del modo de desarrollo informacional es la acción del conocimiento sobre sí mismo como principal fuente de productividad (Castells, 1997).</p>



<p>Lo que resulta de interés para pensar en el desarrollo de esta nueva etapa son las formas en que se vincula el conocimiento. ¿A dónde va a parar el conocimiento que producimos los agentes sociales inmersos en este modo de desarrollo de las fuerzas productivas?, ¿está siendo el tiempo de producción deseante (Deleuze; Guattari, 1973) subsumido al tiempo socialmente explotable?, ¿el conocimiento está siendo disciplinado para la extracción de plusvalía?, ¿son capaces los Estados modernos del capitalismo cognitivo de elaborar políticas públicas destinadas a retribuirle una renta a la gente que produce conocimiento full-time o estamos condenadxs a trabajar gratis “por el buen destino de la información”? Tal vez, como señala Boutang en “Riqueza, propiedad, libertad y renta en el capitalismo cognitivo”, la transición en el interior del capitalismo (pasaje del capitalismo industrial al capitalismo cognitivo) puede entenderse como una transición que comporta mutaciones tan radicales como las que señalaron el paso del capitalismo mercantil esclavista y absolutista al capitalismo industrial asalariado y «democrático»; una transición que supone probablemente una metamorfosis del régimen salarial. (Boutang, 2004).</p>



<blockquote class="wp-block-quote is-style-large"><p><strong>Lee todas las notas de:</strong></p><p><strong><a rel="noreferrer noopener" href="https://www.marcha.org.ar/tag/las-infraestructuras-digitales-que-supimos-conseguir/" target="_blank"><span class="has-inline-color has-vivid-cyan-blue-color">“Las infraestructuras digitales que supimos conseguir”</span></a></strong></p></blockquote>



<h3><strong>¿A quién le toca el joystick uno?</strong></h3>



<p>A mediados de la década del ‘90, emergió en Occidente otra “nueva sociedad” para muchos tan excitante como las nuevas sociedades habían prometido durante la Europa post-comunista. Era el ciberespacio, o espacio cibernético, la sociedad ideal de la doctrina liberal. Las viejas estructuras donde pocos pueden publicar para muchos, fueron suplementadas por un mundo donde todos pueden publicar. (Lessig, 1999). En su texto “El código y otras leyes del ciberespacio” Lawrence Lessig nos invita a reflexionar acerca de cómo opera la noción liberal de libertad en las nuevas plataformas de la información de esta etapa, problematizando las operaciones ideológicas realizadas por los centros de comandos de poder liberales para poder ampliar no sólo el terreno mundial apto para la extracción de plusvalía, sino también el radio de su discurso para transformarse en sentido común.</p>



<p>Las primeras nociones acerca del ciberespacio (en un contexto post-guerra fría, caída de la URSS y proliferación del discurso neoliberal thatcheriano del “no hay alternativa”) relacionaron la “esencia totalmente libre” del mismo con la desaparición del Estado: el ciberespacio sería una sociedad de una variedad muy distinta. Habría definición y dirección, pero sería construida de abajo hacia arriba, y nunca a través de la dirección de un Estado. (Lessig, 1999). Sin embargo, el autor pone de manifiesto que la libertad en el ciberespacio no proviene de la ausencia del Estado, sino de cierto tipo de Estado. Aparece aquí la idea de que la libertad es posible únicamente a partir del control autoconsciente de lxs participantes de cada instancia en cuestión, es decir, a partir de la creación de cierta constitución que selle acuerdos, contratos y consensos entre lxs agentes. Esta constitución es entendida no como un texto legal, sino más bien como una estructura, como cierta arquitectura que permite proteger valores centrales. Esta constitución, esta especie de “ley” del ciberespacio es el código. El código puede ser entendido como los software y hardware que posibilitan la existencia del ciberespacio, como un lenguaje que regula las comunicaciones y acciones en el espacio cibernético y que, no sólo opera restrictivamente, sino que también produce, habilita, establece lo límites de lo posible. Esto evidencia la operación ideológica (en su sentido clásico) que realizó la doctrina liberal al plantear a esta instancia como “naturalmente libre”: la libertad es posible, según esta visión, a partir de la no intervención del Estado; lo que no dice esta corriente de pensamiento, es cuáles serán las condiciones de dicha libertad (siempre hay condiciones, siempre hay código).</p>



<p>El nudo de la cuestión en torno al código es pensar cómo o de qué manera establecemos las condiciones de posibilidad del ciberespacio. Por un lado, ¿cómo lo estructuramos de manera tal para que éste cuente con los anticuerpos necesarios para combatir regulaciones arbitrarias?, ¿cómo garantizamos que la regulación no sea demasiado poderosa? (valores estructurales), por otro, ¿qué valores centrales priorizamos en su funcionamiento interno para garantizar el desarrollo de las acciones de sus usuarixs? (valores sustantivos). Para emprender tal tarea, es necesario una formación profunda que involucre a la ciudadanía en su conjunto desde los niveles iniciales de la educación formal. ¿Estamos siendo invitadxs a discutir los valores que creemos fundamentales para que la ley del ciberespacio proteja el bien común del pueblo y no los privilegios del mercado en la etapa del capitalismo cognitivo? Esto no es menor, es una invitación a pensar y construir las formas de vida que queremos fomentar.</p>



<h4><strong>Textos de referencia</strong></h4>



<p>● BOUTANG, Y. (2004), “Riqueza, propiedad, libertad y renta en el capitalismo cognitivo”, bibliografía recomendada del material de cátedra.&nbsp;</p>



<p>● CASTELLS, M. (1997) “La red y el yo. Prólogo” en <em>La era de la Información &#8211; Vol. I</em>, bibliografía obligatoria del material de cátedra.&nbsp;</p>



<p>&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8211; (1998) “Bit, moléculas y mercancías”, bibliografía obligatoria del material de cátedra.&nbsp;</p>



<p>● DELEUZE, G. y GUATARRI, F. (1973) <em>Antiedipo, capitalismo y esquizofrenia</em>. (Capítulo I), Barcelona, Barral Editores.&nbsp;</p>



<p>LESSIG, L. (1999) “El Código y otras leyes del ciberespacio”, bibliografía obligatoria del material de cátedra.&nbsp;</p>



<p>RULLANI, E. (2004) “El capitalismo cognitivo, ¿un déjà-vu?”., bibliografía obligatoria del material de cátedra.&nbsp;</p>



<p>ZUKERFELD, M. (2010). “La expansión de la Propiedad Intelectual: una visión de conjunto”., bibliografía obligatoria del material de cátedra.</p>

<p><a href="https://marcha.org.ar/las-infraestructuras-digitales-que-supimos-conseguir-iii/">Source</a></p>]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
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		<title>Te encanará un Robocop sin ley</title>
		<link>https://marcha.org.ar/te-encanara-un-robocop-sin-ley/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[abontempo]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 14 Apr 2020 03:16:54 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Opinión Nacionales]]></category>
		<category><![CDATA[ciberpatrullaje]]></category>
		<category><![CDATA[Datos Personales]]></category>
		<category><![CDATA[fuerzas de seguridad]]></category>
		<category><![CDATA[Indio Solari]]></category>
		<category><![CDATA[mas noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Nacho Saffarano]]></category>
		<category><![CDATA[portada]]></category>
		<category><![CDATA[Sabina Frederic]]></category>
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					<description><![CDATA[En estos días en que las imágenes distópicas parecen cada vez más palpables, la fuga hacia la ciencia ficción que propone Carlos Alberto Solari en “Fusilados por la cruz roja”, no resulta difícil de imaginar en el corto plazo: un cyborg, como Robocop, con capacidad de poder detener y encarcelar a seres humanos, sin ningún [...]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p><em>En estos días en que las imágenes distópicas parecen cada vez más palpables, la fuga hacia la ciencia ficción que propone Carlos Alberto Solari en “Fusilados por la cruz roja”, no resulta difícil de imaginar en el corto plazo: un cyborg, como Robocop, con capacidad de poder detener y encarcelar a seres humanos, sin ningún marco normativo que lo regule ni se lo impida. De verdad, no estamos tan lejos.</em></p>



<p><strong>Por Nacho Saffarano</strong></p>



<p>Este artículo surge a partir de las declaraciones de la Ministra de Seguridad de la Nación, Sabina Frederic, en las cuales confesaba que las fuerzas de seguridad se encontraban realizando “patrullaje en las redes sociales para detectar el humor social”. Estas declaraciones, realizadas en el marco de una conferencia virtual de la Comisión de Seguridad de la Cámara de Diputados de Nación, despertaron una serie de reacciones que podemos dividir en tres bloques:</p>



<p>1 – rechazo de la oposición mayoritaria, comandada por Juntos por el Cambio y particularmente por la antecesora de Frederic, la sinvergüenza de Patricia Bullrich, tristemente célebre por encarcelar tuiteros durante su gestión.</p>



<p>2-&nbsp; repudio del oficialismo ante el cinismo de la oposición, y una combinación de silencio y apoyo en voz baja a las declaraciones de Frederic, teniendo en cuenta la excepcionalidad del momento que estamos atravesando.</p>



<p>3- una tercera voz que expresaba preocupación ante las declaraciones de la Ministra y rechazo a los fundadores de la Doctrina Chocobar; con muy poco rebote mediático, trabajada por organizaciones sociales, sectores de la izquierda, y un pequeño grupo de intelectuales.</p>



<p>Frederic estuvo rápida de reflejos y pidió disculpas por la desafortunada declaración, manifestando que lo que hacían – vaya a saber uno qué fuerza y qué personas – era un rastrillaje sobre el contenido público de las redes sociales, y no una búsqueda a publicaciones de particulares. Al día de hoy, ya tenemos al primer imputado, acusado por el delito a la intimidación pública. Un pibe de 21 años, de Balcarce, que luego de haber sido rechazado para ser beneficiario del IFE, tuiteó “¿sigue en pie lo del saqueo, no?”. No está de más aclarar, si bien no es el objeto de análisis aquí, que toda esta actuación es ilegal, en tanto contraria lo dispuesto por los incisos 2 y 3 del artículo 4°, de la Ley de Inteligencia Nacional N° 25.520.</p>



<p><strong>Todo lo líquido se desvanece en las redes</strong></p>



<p>En un <a href="https://www.marcha.org.ar/miseria-de-la-investigacion/">artículo anterior</a>, decíamos que uno de los principales riesgos que corríamos al ensalzar el accionar de las fuerzas policiales y quitar el ojo sobre el necesario contralor de sus actividades, era la legitimación de un giro autoritario, una vez que la situación de la pandemia esté controlada. Pocas certezas tenemos en cómo va a ser el día después de que termine “todo esto”. Una de esas es que la enorme mayoría social, va a ser más pobre. Y con un sistema penal preparado para perseguir a los marginados, este no debe ser un dato menor. Esta es la razón por la cual, más allá de la declaración ligada a la coyuntura que hace Frederic, el campo popular debería ponerse a estudiar y debatir cuánta libertad estamos dispuestos a perder, hasta donde puede vigilar el Estado.</p>



<p>Hay dos buenas razones para preocuparse. La primera, es la alta legitimidad popular con la que cuentan los discursos punitivos en estos tiempos. Cuando los principales referentes de Juntos por el Cambio salen a criticar a Frederic, no lo hacen porque piensen que esté mal las políticas de control tecnológico sobre la población o porque su base social la rechaza, sino porque precisan polarizar, distinguirse y nada más. Tal vez su preocupación sea que puedan imputar a alguno de sus trolls. Pero no, las Fuerzas de Seguridad, el sistema penal en su conjunto, no olvidan su carácter de clase, por lo que los trolls-center podrán seguir operando tranquilos, sabiendo que no son pibes de un barrio popular de Balcarce.</p>



<p>En una entrevista reciente, el abogado e investigador Esteban Rodríguez Alzueta, habla sobre el peligro de una sociedad con miedo. El miedo al contagio del Covid-19, a la muerte golpeando la puerta de una casa en Nordelta y de una casilla en la 1.11.14 al mismo tiempo, unificó reclamos y exigencias. Ese miedo que lleva a desconfiar todo el tiempo del que tenemos adelante en la fila de la verdulería, del que no usa barbijo, que nos lleva a denunciar compulsivamente. El miedo es el mejor amigo de la punición, la vía de acceso para una batería de medidas represivas. Y una vez que el compendio normativo-punitivo se logra instalar, así sea en este caso como una medida excepcional para combatir una situación de crisis, las voluntades estatales para dejar de utilizarlas, casi nunca existe.</p>



<p>La segunda razón para preocuparse, es la internacionalización de las prácticas de vigilancia digital, las cuales se agudizaron con la pandemia, principalmente con los datos de geolocalización para seguir de cerca a quienes sean portadores del virus. Insistimos que en nombre de la situación de emergencia, no es posible defender cualquier actividad tecnológica. Sobre todo con el riesgo que existe de que la recopilación de datos personales, pueda ser utilizada con fines extra-sanitarios. Una vez más, cuando las fuerzas de seguridad y control toman más atribuciones que las normales, la tarea es tener un control doble sobre las mismas</p>



<p>La combinación de una sociedad con miedo, y un desarrollo tecnológico capaz de penetrar cualquier capa de privacidad, nos deja muy cerca de los postulados fundamentales de “Vigilancia líquida”, un ensayo de Zygmunt Bauman y David Lyon, que recupera la idea del <em>banóptico: </em>un sistema de control que no necesita de un vigilante físico, donde los individuos son quienes entregan su información por voluntad propia; la cual podrá ser utilizada para diseñar perfiles, clasificar y etiquetar. Aquí ya no es necesario el “mantener adentro” como imaginaron Bentham y Foucalt al <em>panóptico</em>, sino que ahora a partir de la entrega de datos, se logra “mantener lejos” a los grupos que cada sociedad determina como peligrosos ¿A cuánto estamos de una app que marque donde se encuentran los contagiados de Covid 19?</p>



<p>No es novedad que el Derecho corre de atrás, a veces a kilómetros, a la realidad. Frente a un desarrollo tecnológico que no para, con la propagación de datos personales e información que se entiende como “privada”, es fundamental una legislación ajustada a estos nuevos tiempos, que principalmente, limite las posibilidades de intromisión del Estado en los datos y metadatos de los individuos; que los ciudadanos sean capaces de conocer que se hace con su datos y de poder controlar, tanto al Estado como a las empresas privadas.</p>



<p>Parece una pelea contra molinos de viento. Y lo es. Que pueda fusilarte hasta la Cruz Roja, no implica que no haya que combatirla.</p>

<p><a href="https://marcha.org.ar/te-encanara-un-robocop-sin-ley/">Source</a></p>]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Sin protección para los datos personales en una Argentina digital</title>
		<link>https://marcha.org.ar/sin-proteccion-para-los-datos-personales-en-una-argentina-digital/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[lsalome]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 23 Apr 2019 03:00:35 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Especiales]]></category>
		<category><![CDATA[Agustín Bontempo]]></category>
		<category><![CDATA[Datos Personales]]></category>
		<category><![CDATA[facebook]]></category>
		<category><![CDATA[fake news]]></category>
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		<category><![CDATA[TIC]]></category>
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					<description><![CDATA[Un proyecto de ley que ya cuenta con limitaciones ]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><em>En la Argentina está vigente una Ley de Protección de Datos que, sancionada en el 2000, ya </em><em>estaba a destiempo. Cuáles son las dificultades que esta norma tiene en épocas de redes </em><em>sociales, medios digitales y fake news y un nuevo proyecto de ley que cuenta con </em><em>limitaciones.</em></p>
<p><strong>Por <span style="color: #00ccff;"><a style="color: #00ccff;" href="http://www.marcha.org.ar/tag/agustin-bontempo/">Agustín Bontempo</a></span> &#8211; <span style="color: #00ccff;"><a class="ProfileHeaderCard-screennameLink u-linkComplex js-nav" style="color: #00ccff;" href="https://twitter.com/agusbontempo"><span class="username u-dir" dir="ltr">@<b class="u-linkComplex-target">agusbontempo</b></span></a></span> | Imagen de Jonathan Burton.</strong></p>
<p>El siglo XXI nació con el auge de nuevas tecnologías que empezaron a condicionar cada vez con mayor ahinco las relaciones personales. Por supuesto que hay desarrollos que vienen de mucho tiempo atrás*. Pero pensar el uso de Internet en los hogares, la telefonía celular, los medios digitales, las redes sociales, fueron tomando mayor importancia en el siglo actual.</p>
<p>Nos proponemos cuestionar la normativa vigente, revisar algunas transformaciones que hubo en estos casi 20 años desde su sanción y tener un primer abordaje sobre el texto enviado por el Ejecutivo Nacional al Congreso.</p>
<p><strong>Una ley de protección a destiempo</strong></p>
<p>La <a href="http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/60000-64999/64790/texact.htm">Ley 25.326</a> de Protección de los Datos Personales se sancionó y promulgó en octubre de 2000. La norma se sancionó en un momento determinado del desarrollo de internet y de las prácticas relacionadas con el uso y cuidado de datos personales: poco uso de internet por el conjunto de la población y mucho menos manipulación de datos en la nube, técnicas rudimentarias y en formato papel para la circulación de información sensible, poco conocimiento sobre las nuevas tecnologías, incluso en algunos ámbitos de investigación de la misma.</p>
<p>En materia de noticias, la prensa gráfica, la radio y la televisión contaban con altos niveles de credibilidad y prácticamente no tenían competencia con otros formatos de circulación.</p>
<p>La vieja Ley establece entre sus principios generales que “<em>Los archivos de datos no pueden tener finalidades contrarias a las leyes y a la moral pública</em>”. Al día de hoy, cada dato que depositamos en la web es, de alguna manera un tanto extraña para buena parte de la población, un elemento fundamental para recibir ofertas y propuestas de todo tipo, ser alcanzado por encuestas e incluso que las campañas publicitarias puedan tener algún tipo de orientación particular. Estos ejemplos permanecen en la sintonía de otros rasgos característicos de la ley como el impedimento de recolectar datos de maneras desleales y con fines distintos a aquellos para los cuales cada persona decidió brindarlos. Finalmente, se supone –según la norma- que una vez utilizados, los datos deben ser destruidos. Basta con poner los nombres de cualquier persona en el motor de búsqueda de internet para encontrarse con información prácticamente imposible de hacer desaparecer de allí.</p>
<p>La ley establece ciertas particularidades en relación al consentimiento para el tratamiento de los datos personales, siendo cada ciudadano o ciudadana que habite el territorio nacional quien deba dar la correspondiente conformidad. Sin embargo, hoy en día asistimos a un sinnúmero de ocasiones donde nuestros datos están a disposición de diferentes instituciones públicas o privadas, requiriendo algún tipo de trámite para, ya no suprimir los datos, sino al menos dejar de ser convocado con algún fin a partir de los mismos. En este sentido, el Estado o cada institución que cuente con los datos supuestamente brindados por las propias personas, es responsable de la seguridad y confidencialidad de los mismos.</p>
<p>De acuerdo con la normativa, está prohibida la transferencia de datos personales de cualquier tipo con países u organismos nacionales, sin embargo no existe control aceptable de esta condición, ya que la información viaja por diversos circuitos sin autorización alguna. Cualquier lector o lectora de este artículo puede que haya recibido contacto a su teléfono personal o casilla de correo electrónico de empresas internacionales (y ya a esta altura no debería sorprendernos cómo eso sucede con bancos, compañías de telefonía celular o cualquier otra institución nacional).</p>
<p>A este escueto nivel de análisis tratemos de imaginar qué puede estar sucediendo con cada campo que completamos cuando hacemos alguna compra por internet, sacando algún turno médico, firmando algún petitorio o cualquier otro ejemplo y, por supuesto, qué tipo de seguridad hay al respecto más allá de que cada sitio web garantice los mejores estándares. En este orden, sin ir mucho más lejos, los robos virtuales o el uso de identidades para encuestas solo para mencionar algunos ejemplos, son hechos cada vez más habituales.</p>
<p>El artículo 27 de la Ley aborda los datos con fines de publicidad. En los tres puntos que allí se detallan, no hay ni un solo elemento que permita generar algún tipo de cuidado por parte de las personas que, por ejemplo en el uso de redes sociales, cada búsqueda que puedan hacer en cualquier sitio web automáticamente genera publicidades orientadas a posibles consumos que en ningún momento fueron brindados por las y los usuarios. Asimismo, el texto dice que “El titular podrá en cualquier momento solicitar el retiro o bloqueo de su nombre de los bancos de datos a los que se refiere el presente artículo”, siendo esta una matriz casi imposible para el usuario promedio de internet: ¿a dónde podemos pedir que Facebook, Instagram o Google, retiren la información que vamos vertiendo en la web? Este problema yace también porque el concepto general de datos personales en aquel entonces era muy limitado.</p>
<p>La Ley 25.326 tiene algunos posicionamientos generales como la gran autonomía que le asigna a los bancos de datos privados, el bajo nivel de regulación (técnicamente encargada en un organismo de control) y especialmente la obsoleta aplicación de la norma en el marco de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación.</p>
<p><strong>¿Qué paso con cada gobierno?</strong></p>
<p>Más allá de que el gobierno que encabeza Mauricio Macri envió un nuevo proyecto a fines de 2018, lo que en esta casi dos décadas pasó es que cada gestión fue realizando modificaciones de acuerdo a sus necesidades. Es así que entre Leyes complementarias, Decretos, Resoluciones e incluso Disposiciones, más de 90 normas han generado algún tipo de modificación a la Ley vigente, especialmente con fines de mayor centralización y poder por parte de cada gobierno.</p>
<p>Según señalan Martín Becerra y Leticia Garziglia en una <a href="https://www.letrap.com.ar/nota/2019-4-11-9-59-0-datos-personales-hacia-una-nueva-ley-con-viejas-manas">nota reciente</a>, “Con cada modificación de la ley vigente, la autoridad de aplicación fue cada vez más subsumida al/ la presidente/ a, hasta quedar directamente controlada por el Jefe de Gabinete de Ministros desde 2017”, es decir, actualmente por Marcos Peña. Asimismo agregan, que “El proyecto de ley con el que el gobierno aspira a modificar la Ley continúa subordinando la autoridad de aplicación al Poder Ejecutivo, algo que en las regulaciones de datos personales de la Unión Europea y Estados Unidos claramente se evita, en aras de la transparencia y la auditoría de la acción estatal”.</p>
<p>En el sentido que hablan Becerra y Garziglia, el <a href="http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/70000-74999/70368/texact.htm">Decreto N.o 1558/ 2001</a> crea la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales en el ámbito del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Durante la gestión macrista, la <a href="http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/265000-269999/265949/norma.htm">Ley N.o 27.275</a> crea la Agencia de Acceso a la Información Pública como ente autárquico en el ámbito del Poder Ejecutivo. Esta Ley avanza en algunos otros puntos, como la caracterización de quiénes deben brindar información pública y, nuevamente, deja varias libertades de acción a instituciones privadas.</p>
<p>Entre ambas normas, sucedieron muchísimas otras que no avanzaron de fondo ni mucho menos buscaron adecuar la reglamentación a las necesidades y dificultades de la actualidad. Normas orientadas a regular la actividad financiera o la recordada ley “No llame” que buscaba proteger a usuarios y usuarias de los servicios de telefonía.</p>
<p><strong>Un nuevo proyecto, más problemas</strong></p>
<p>Con la firma del presidente, Mauricio Macri, y el jefe de gabinete, Marcos Peña, el gobierno envió un <a href="https://drive.google.com/file/d/1FI3vZc7fRBoTeLQITSgdeaHw9w6UWakk/view">nuevo proyecto de ley</a> de protección de datos personales. Entre algunas de las cuestiones sustanciales, se sigue sosteniendo la centralidad de la regulación en la Agencia de Acceso a la Información Pública, dando un privilegio destacado al Jefe de Gabinete de Ministros en un área tan sensible y en un momento histórico donde esta información adquiere valores económicos y políticos de suma relevancia.</p>
<p>Asimismo, especifica y/o actualiza algunos conceptos. Allí refiere a datos sensibles que puedan generar algún tipo de discriminación y su necesario cuidado pero, por ejemplo, aunque alguien no publique su elección religiosa u orientación sexual, los mismos motores de búsqueda generan lazos de información que pone al descubierto algo que, concretamente, cualquier sujeto evitó informar.</p>
<p>En relación al consentimiento (uno de los factores importantes de la norma vigente), entra en un gris preocupante. Tal como lo indican Becerra y Garziglia, “El proyecto del Ejecutivo es permisivo respecto a la manipulación de esos datos ciudadanos, establece la controvertida y ambigua figura de ‘consentimiento tácito’ y exceptúa la necesidad de consentimiento previo para el tratamiento de datos de listados cuyas variables sean el DNI, CUIL/CUIT, ocupación, fecha de nacimiento, domicilio y email”. En relación al consentimiento tácito, la norma refiere a cuando “Surja de manera manifiesta del contexto del tratamiento de datos y la conducta del titular de los datos sea suficiente para demostrar la existencia de su autorización”. En concreto, este consentimiento o autorización es absolutamente subjetiva y arbitraria por parte de quien haga uso de la información.</p>
<p>Otra faceta importante refiere a la seguridad del tratamiento. Allí aplica ciertas responsabilidades pero sin especificaciones que en su ausencia son peligrosas, como contemplar “el desarrollo tecnológico” que, en sí mismo, no dice nada. No conocer la estructura informática de la web, la importancia del código de cada desarrollo, las particularidades de las normativas donde cada página tiene alojado su site, entre otros puntos, arroja más incertidumbres sobre la cuestión.</p>
<p>En ese orden, el texto enviado por el Poder Ejecutivo Nacional mantiene dificultades para el/ la titular de los datos y presenta posibilidades y atajos para quienes usufructúen esa información.</p>
<p><strong>¿Hacia dónde vamos?</strong></p>
<p>Estamos pasando por un momento histórico de suma complejidad para analizar todo lo que refiere al uso y circulación de información. Si bien hay países que vienen avanzando en herramientas que protejan los datos personales de su población, el control y la supervisión en un mundo de constante desarrollo tecnológico, impone desafíos y problemas difíciles de resolver.</p>
<p>Más allá de eso, los gobiernos de cada país y en particular en Argentina que es donde podemos incidir, deben hacer todos los esfuerzos por avanzar en el mismo sentido. Cuando se sancionó la Ley de Protección de Datos Personales en el 2000, no existió una mirada hacia el futuro pero, además, no se priorizó el cuidado de las y los habitantes. Eso es una elección. Lo que por aquel entonces era pensar en el movimiento de información personal, omitía la posibilidad que los datos personales sean mucho más que aquellos necesarios para un trámite bancario o que los mismos adquieran valores económicos sustanciales en un mundo donde el marketing, la publicidad y el consumo, escalan a velocidades fenomenales.</p>
<p>Algo similar ocurrió oportunamente con la mal llamada &#8220;Ley de Medios&#8221; que <a href="http://www.marcha.org.ar/tag/ley-de-medios/">este medio</a> y en particular este cronista trató de abordar. Una ley que era de avanzada en muchos aspectos de cara a controlar el desarrollo de monopolios, que sugería mayor participación y libertad de expresión, impulsaba un organismo de control y regulación más democrático pero que, al igual que el caso que analizamos, se quedaba a mitad de camino en la regulación de medios digitales y/ o su aplicación general estaba más supeditada a un lucha político- partidaria que a su plena implementación.</p>
<p>En este marco, no deberían ser llamativos los riesgos que se corren cada vez que ponemos un dato personal en la web (desde los más comunes y básicos hasta los gustos y orientaciones políticas), siendo esto el puntapié inicial para estar atravesados y atravesadas en un mundo donde cada compra online puede terminar en una compra ilícita, donde consumir noticias reales (más allá de opiniones y posiciones) y fake news tienen un hilo cada vez más fino, donde la publicidad nos sigue a cada rincón donde utilicemos alguna tecnología.</p>
<p>El análisis actual es escueto pero apunta a abrir debates al conjunto de la sociedad. Aún no sabemos en que quedará la nueva ley de protección de datos personales, pero sí sabemos que de la participación del conjunto de la ciudadanía depende que haya una norma a medida de las necesidades actuales.</p>
<p><em>*Al respecto, se sugiere revisar la conceptualización de <a href="http://e-tcs.org/wp-content/uploads/2017/03/Castells_19951.pdf">Manuel Castells</a> sobre Sociedad de la Información y Sociedad Informacional, así como las criticas planteadas por <a href="http://www.lahaine.org/katz/b2-img/El%20Enredo%20de%20las%20Redes.doc">Claudio Katz</a>, incluyendo en el análisis los conflictos en las relaciones sociales que esta nueva etapa conlleva.</em></p>

<p><a href="https://marcha.org.ar/sin-proteccion-para-los-datos-personales-en-una-argentina-digital/">Source</a></p>]]></content:encoded>
					
		
		
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