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	<title>#AbortoPorViolación &#8211; Marcha</title>
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	<description>Periodismo popular, feminista y sin fronteras</description>
	<lastBuildDate>Thu, 21 Nov 2019 05:38:10 +0000</lastBuildDate>
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	<title>#AbortoPorViolación &#8211; Marcha</title>
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		<title>Protocolo ILE: una actualización, su anulación y la decisión política de Macri de ser un antiderechos</title>
		<link>https://marcha.org.ar/protocolo-ile-actualizacion-anulacion/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[lsalome]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 21 Nov 2019 10:00:14 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Derecho a Decidir]]></category>
		<category><![CDATA[#Aborto2020]]></category>
		<category><![CDATA[#AbortoLegalYa]]></category>
		<category><![CDATA[#AbortoPorViolación]]></category>
		<category><![CDATA[Laura Salomé Canteros]]></category>
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					<description><![CDATA[Mauricio Macri, presidente saliente de la Nación, ordenó anular la actualización del Protocolo ILE, una medida que había sido garantizada por el secretario de salud, Adolfo Rubinstein. Una decisión discriminatoria y que perfila al macrismo como una oposición antipopular y con una clara agenda y decisión política: la de ser antiderechos. Por Laura Salomé Canteros [...]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><em>Mauricio Macri, presidente saliente de la Nación, ordenó anular la actualización del Protocolo ILE, una medida que había sido garantizada por el secretario de salud, Adolfo Rubinstein. Una decisión discriminatoria y que perfila al macrismo como una oposición antipopular y con una clara agenda y decisión política: la de ser antiderechos.</em></p>
<p><strong>Por Laura Salomé Canteros<br />
</strong></p>
<p>En la madrugada del miércoles 20 de noviembre se publicaba en el <a href="https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/221438/2019112">Boletín Oficial</a>, la novedad. La Resolución 3158/ 2019 del Ministerio de Salud y Desarrollo Social, Secretaría de Gobierno de Salud, a cargo de Adolfo Rubinstein, actualizaba y otorgaba rango ministerial a través de su firma, del Protocolo para la Atención Integral de las Personas con Derecho a la Interrupción Legal del Embarazo (ILE). Lo hacía bajo diferentes considerandos que garantizaban el acceso y la promocoión del derecho que tienen mujeres, niñas, adolescentes y toda persona con capacidad de llevar adelante una gestación y/o de acceder a la interrupción legal del embarazo cuando ésta se encuadre en las causales previstas por el sistema normativo del país. Una actualización y jerarquización de la guía que obligaba al cumplimiento de derechos. Una reparación a tantas víctimas, un reconocimiento a la lucha y una conquista del movimiento feminista que lo reclamaba hace años.</p>
<p>Sin embargo, por la tarde del mismo día, <a href="https://www.infobae.com/politica/2019/11/20/el-mismo-dia-de-su-publicacion-mauricio-macri-ordeno-anular-el-nuevo-protocolo-para-el-aborto-no-punible/">Infobae </a>publicaba la noticia que afirmaba que Mauricio Macri, presidente saliente de la Nación, ordenó anular la actualización del Protocolo ILE con otra resolución, esta vez redactada y firmada por la Ministra de Desarrollo Social, Carolina Stanley por razones de competencia alegando que hubo al menos tres organismos -en materia de niñez y adolescencia, discapacidad y el Instituto Nacional de las Mujeres- que no fueron consultados ni formaron parte de la elaboración del nuevo texto. Esto fue confirmado también por la titular del INAM, Fabiana Tuñez, quien dijo a través de Twitter que &#8220;la anulación fue una cuestión de forma jurídica&#8221;.</p>
<p>La actualización del Protocolo venía a proteger y garantizar el acceso igualitario a la salud de niñas, adolescentes, mujeres, lesbianas, bisexuales, varones trans y personas no binaries con capacidad de gestar en todo el territorio nacional. Retomaba una de las mayores demandas del movimiento feminista junto a la de aborto legal: que esta guía tenga finalmente rango ministerial para que no haya ningún tipo de obstáculos, criminalizaciones o duda sobre cómo les profesionales y los servicios de salud debían actuar ante el requerimiento de una ILE.</p>
<p>Era, tal como lo afirmaba la Resolución, para que &#8220;la interrupción del embarazo debe ser brindada bajo los mismos parámetros que otros componentes del servicio de salud, es decir, respetando los estándares de calidad, accesibilidad, confidencialidad, competencia técnica, rango de opciones disponibles e información científica actualizada&#8221;. Una decisión que, entre otras, creaba una Dirección para garantizar el acceso a la salud sexual y la salud reproductiva como derechos, elaborando materiales de información y guías de atención que se distribuyeran en todo el territorio nacional bajo un amplio marco legal que tiene como base la Constitución Nacional, tratados internacionales, el Código Civil y Comercial y el Código Penal, pilares fundamentales sobre los que se apoyan las leyes nacionales y provinciales.</p>
<h3><strong>Cuáles eran las principales modificaciones del Protocolo ILE de la Resolución 3158/ 2019 </strong></h3>
<p>En relación a las circunstancias que habilitan la interrupción legal del embarazo:</p>
<ul>
<li>En la causal salud, se incorpora el entendimiento de la violencia de género desde una perspectiva integral, incluyendo todos los tipos y modalidades definidos por la Ley de Protección Integral 26.485.</li>
<li>Explicitación de que un embarazo en une niñe o adolescente es un aumento del riesgo para su salud física y mental y que esos riesgos son causal salud y habilitan la ILE.</li>
<li>En la causal salud, se refuerza la no intervención judicial para solicitar autorización para realizar una ILE y que el poder judicial solo debe intervenir en la protección del niñe o adolescente.</li>
</ul>
<p>En relación a la solicitud  y consentimiento para la ILE:</p>
<ul>
<li>Posibilidad de implementación de un sistema de apoyos para la toma de decisiones en caso de que una persona con discapacidad cuenta con una o más personas de su confianza con el objetivo de promover su autonomía y facilitar la comunicación.</li>
<li>En personas de 16 años o más, la posibilidad de brindar su consentimiento de forma autónoma.</li>
<li>En adolescentes entre 13 y 16 años, la posibilidad de brindar su consentimiento de forma autónoma si se tratara de prácticas que no representen un riesgo grave para su vida o salud.</li>
<li>En niñes menores de 13 años, las acciones deben estar guiadas por el principio de autonomía progresiva. Podrán brindar su consentimiento con el acompañamiento de sus progenitores, representantes legales, personas que ejerzan roles de cuidado, personas allegadas o referentes afectivos. La toma de decisiones se realiza en conjunto y las personas que les acompañen deben firmar a fin de ratificar el consentimiento informado del niñe.</li>
</ul>
<p>En relación a la objeción de conciencia:</p>
<ul>
<li>El/ la profesional que haya declarado objeción de conciencia debe en un plazo máximo de 24 horas remitir a la persona con una/ a profesional que pueda llevar adelante la práctica. Dicha derivación debe constar en la historia clínica.</li>
</ul>
<p>En relación al procedimiento medicamentoso:</p>
<ul>
<li>Incorpora las autorizaciones que realizó ANMAT para producir comprimidos vaginales de misoprostol y su venta en farmacias bajo receta archivada.</li>
</ul>
<p>Los equipos de salud:</p>
<ul>
<li>No deberán revisar la causal en los casos en que la solicitud de ILE se inicie en el primer nivel de atención y haya requirido la derivación a un hospital con el objetivo de evitar demoras en las intervenciones y revictimizaciones.</li>
<li>Deben garantizar la confidencialidad y la privacidad de la personas que solicita la ILE.</li>
<li>Se agregará al apartado de responsabilidad profesional la posibilidad de ser sancionado/ a al realizar alguna acción que configure violencia dentro de los tipos y modalidades de la Ley 26.485.</li>
</ul>
<p>En relación a los plazos:</p>
<ul>
<li>Se establece un plazo máximo de 10 (diez) días corridos para garantizar la realización de la práctica.</li>
</ul>
<blockquote>
<h3><strong>Leé también:</strong></h3>
<h3><strong><a href="https://www.marcha.org.ar/mauricio-macri-el-antipopular-mas-pensado/">Mauricio Macri, el antipopular más obvio</a></strong></h3>
</blockquote>
<p>***</p>
<h3><strong>&#8220;Nuestros derechos no se negocian&#8221;</strong></h3>
<p>La Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito no tardó en comunicar su respuesta mediante una breve declaración en la que repudia la decisión del ejecutivo saliente y la caracteriza como &#8220;arbitraria, ilegítima y vergonzosa&#8221;. Expresaron que la actualización del Protocolo hubiera sido una mayor claridad legal en las prácticas de interrupciones legales de embarazos, una protección hacia las mujeres y especialmente la adaptación al Código Civil y Comercial (2015) en resguardo de niñas y menores de 15 años que prohíbe como regla la sustitución del consentimiento. Lamentan además que hubiera sido un Protocolo vigente para todas las provincias. &#8220;El gobierno nacional, burlándose del movimiento de mujeres, lesbianas, travestis y trans, en una actitud bochornosa decide retroceder en su decisión&#8221;, dice la declaración, &#8220;pero decimos claramente, no permitiremos retrocesos. Estamos atentas y movilizadas para defender lo que nos corresponde&#8221;.</p>
<blockquote class="twitter-tweet" data-width="550" data-dnt="true">
<p lang="es" dir="ltr">Declaración de la Campaña y la <a href="https://twitter.com/RedSaludDecidir?ref_src=twsrc%5Etfw">@RedSaludDecidir</a></p>
<p>NUESTROS DERECHOS NO SE NEGOCIAN <a href="https://t.co/9026haZxFS">pic.twitter.com/9026haZxFS</a></p>
<p>&mdash; #EsLey <img src="https://s.w.org/images/core/emoji/13.1.0/72x72/1f49a.png" alt="💚" class="wp-smiley" style="height: 1em; max-height: 1em;" /> (@CampAbortoLegal) <a href="https://twitter.com/CampAbortoLegal/status/1197289124597764096?ref_src=twsrc%5Etfw">November 20, 2019</a></p></blockquote>
<p><script async data-type="lazy" data-src="https://platform.twitter.com/widgets.js" charset="utf-8"></script></p>
<p>Por su parte, REDAAS, ELA y el CEDES, llamaron de &#8220;lamentable&#8221; el pedido de anulación de la actualización del Protocolo ILE. &#8220;No crea derechos nuevos, no amplía causales, no modifica leyes: establece con claridad la manera de garantizar el acceso a esos derechos que surgen de otras normas&#8221;, expresaron las integrantes de las organizaciones de la sociedad civil. &#8220;La decisión de anular muestra lo peor de la mezquindad politica&#8221;, &#8220;el daño que esta falta de coherencia en la política sanitaria puede generar en la salud y el bienestar de niñas, adolescentes y mujeres, no parece ser dimensionada por los actores políticos que la han promovido&#8221;. Afirmaron además que la anulación, si bien no elimina derechos, &#8220;genera incertidumbre en los equipos de salud, temor en las niñas, adolescentes, mujeres y personas con capacidad de gestar que pudieran requerir el acceso a la práctica, empujándolas una vez más a la clandestinidad y exponiéndolas a la violencia institucional&#8221;. Agregaron además que con esta decisión, el Estado argentino se acerca al incumplimiendo de sus obligaciones internacionales.</p>
<p>Para Andrés Gil Domínguez, la resolución dictada por el secretario de Salud -mediante la que actualizó el Protocolo ILE- contituyó &#8220;una garantía progresiva de los derechos de las mujeres, niñas y adolescentes&#8221;. El abogado constitucionalista eligió este enfoque para explicar, a través de su cuenta de Twitter, que la resolución &#8220;elevaba el Protocolo como norma general a un mayor rango jerárquico y protegía el derecho a la salud en oos términos previstos por los Tratados Internacionales de Derechos Humanos con jerarquía constitucional, especialmente la Convención por los Derechos del Niño&#8221;. Para Gil Domínguez, la derogación del Protocolo actualizado implica una &#8220;violación al principio de no regresividad en materia de Derechos Humanos por cuando no se justifica porqué los derechos están más protegidos sin Protocolo que con el mismo en vigencia&#8221; y agregó &#8220;la posverdad constitucional y convencional invocada por algunos funcionarios es realmente perversa&#8221;.</p>
<p>Desde cerca del gobierno, el bloque de la Unión Cívica Radical (UCR) en Diputados también se manifestó comunicando la &#8220;profunda preocupación&#8221; con lo que pasó. Fue mediante un comunicado firmado y publicado en la cuenta de Twitter de la diputada Brenda Austin, una de &#8220;las sororas&#8221; y artífice del consenso transversal para lograr la sanción en la Cámara Baja del Proyecto de Interrupción Voluntaria del Embarazo el 14 de junio de 2018. Varies representantes firmaron una carta de apoyo al Secretario de Salud, Adolfo Rubinstein y donde solicitan a Mauricio Macri que &#8220;sostenga la Resolución 3158/ 2019, entendiendo que se enmarca en una política pública con perspectiva federal de aplicación articulada en todo el territorio&#8221;. La carta recuerda que es una actualización más, como las de 2010 y 2015, de una herramienta que sirve para garantizar derechos y que está vigente en el país desde 2007.</p>
<blockquote class="twitter-tweet" data-width="550" data-dnt="true">
<p lang="es" dir="ltr">Aca estamos <a href="https://twitter.com/diputadosucr?ref_src=twsrc%5Etfw">@diputadosucr</a>  <a href="https://twitter.com/hashtag/ConRubinstein?src=hash&amp;ref_src=twsrc%5Etfw">#ConRubinstein</a>. Cumplir la ley no puede generar diferencias. Pedimos al Presidente que sostenga la Resolución 3158/2019. <a href="https://t.co/UFjjZjCtXO">pic.twitter.com/UFjjZjCtXO</a></p>
<p>&mdash; Brenda Austin (@brendalisaustin) <a href="https://twitter.com/brendalisaustin/status/1197332152096116739?ref_src=twsrc%5Etfw">November 21, 2019</a></p></blockquote>
<p><script async data-type="lazy" data-src="https://platform.twitter.com/widgets.js" charset="utf-8"></script></p>
<p><strong>***<br />
</strong></p>
<p>Con la decisión del presidente saliente, vuelve a estar vigente el Protocolo que regía desde 2015. Otra muestra de que los derechos de las mujeres y las personas con capacidad de gestar ni siquiera rankean para una salida digna del gobierno de Cambiemos.</p>
<p>La interrupción del embarazo es legal por causales desde 1921 y debe permitirse, en todo el territorio nacional, cuando una persona corre riesgo de vida o cuando es violentada sexualmente y decide solicitarlo. En 2012, la Corte Suprema de Justicia de la Nación dictó el Fallo F.A.L. en que insta a todas las provincias a adherir al Protocolo, que fue actualizado en 2015 conforme estos lineamientos judiciales aunque, precisamente por la falta de rango ministerial, era una guía de salud que parecía opcional, como la garantía del acceso a los derechos.</p>
<p>Es por eso que, a partir de este -esperemos último- traspié y papelón antiderechos del presidente saliente, Mauricio Macri, el gobierno que le sigue, al frente de Alberto Fernández y Cristina Fernández de Kirchner deberá otorgar seriedad a la problemática y rango ministerial al Protocolo ILE para terminar con la desigualdad en el acceso a la salud según una mujer viva en Santa Cruz o en Tucumán, en CABA o en Corrientes. Para avanzar en saldar la más grande deuda de la democracia, la demanda de mayor consenso dentro del movimiento feminista: el reconocimiento en una ley, del derecho al aborto voluntario. Porque a pesar de Macri y los antiderechos, será ley.</p>

<p><a href="https://marcha.org.ar/protocolo-ile-actualizacion-anulacion/">Source</a></p>]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Abortar en América Latina y el Caribe: acceso y obstáculos</title>
		<link>https://marcha.org.ar/abortar-en-america-latina-y-el-caribe-acceso-y-obstaculos/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[lsalome]]></dc:creator>
		<pubDate>Sat, 28 Sep 2019 18:16:14 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Derecho a Decidir]]></category>
		<category><![CDATA[#28S]]></category>
		<category><![CDATA[#28Sept]]></category>
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					<description><![CDATA[Informe especial en ocasión del 28 de Septiembre &#124; Un panorama regional sobre el acceso al aborto seguro ]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><span style="font-weight: 400;">Un pañuelo verde recorre América Latina y el Caribe: la lucha por el aborto legal, seguro y gratuito une a la región. En 2018 en Argentina se logró que la discusión de la ley llegara al Congreso. Ese mismo año, en Chile, un grupo de diputadas presentó un proyecto para superar el sistema de causales y despenalizar la interrupción del embarazo hasta la semana 14 de gestación. En Ecuador, faltaron cinco votos para que la Asamblea Nacional aprobara la reforma del Código Penal y así extender la despenalización del aborto en caso de violación, incesto, malformaciones letales del feto e inseminación artificial no consentida. En México, el Estado de Oaxaca aprobó el último 25 de septiembre de 2019 la interrupción del embarazo hasta la semana 12. Las feministas de toda la región sostienen la conversación sobre aborto y la disputa legislativa como una demanda de justicia social, derechos humanos y salud pública. En el territorio latinoamericano el  97 por ciento de las personas en edad reproductiva viven en países en donde la ley de aborto es altamente restrictiva.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">En el Día de Acción Global por el aborto legal (28S) un equipo de medios de la región (</span><a href="https://agenciaocote.com/"><span style="font-weight: 400;">Agencia Ocote</span></a><span style="font-weight: 400;">, </span><a href="https://alhara.ca/"><span style="font-weight: 400;">Alharaca</span></a><span style="font-weight: 400;">, </span><a href="http://revistaanfibia.com/"><span style="font-weight: 400;">Anfibia</span></a><span style="font-weight: 400;">, </span><a href="http://cosecharoja.org/"><span style="font-weight: 400;">Cosecha Roja,</span></a> <a href="https://contracorriente.red/"><span style="font-weight: 400;">Contra corriente,</span></a> <a href="https://www.eldesconcierto.cl/"><span style="font-weight: 400;">El Desconcierto,</span></a> <a href="https://pacifista.tv/"><span style="font-weight: 400;">El Pacifista,</span></a> <a href="https://elsurti.com/"><span style="font-weight: 400;">El Surtidor</span></a><span style="font-weight: 400;">, </span><a href="https://latfem.org/"><span style="font-weight: 400;">LATFEM</span></a><span style="font-weight: 400;">, </span><a href="https://www.marcha.org.ar/"><span style="font-weight: 400;">Marcha</span></a><span style="font-weight: 400;">, </span><a href="https://muywaso.com"><span style="font-weight: 400;">Muy Waso</span></a><span style="font-weight: 400;">, </span><a href="https://www.nodal.am/"><span style="font-weight: 400;">NODAL</span></a><span style="font-weight: 400;">, </span><a href="https://ondalocal.com.ni/"><span style="font-weight: 400;">Onda local,</span></a> <a href="https://www.prensalibre.com/"><span style="font-weight: 400;">Prensa Libre</span></a><span style="font-weight: 400;">, </span><a href="http://www.almamater.cu/"><span style="font-weight: 400;">Revista Alma Mater</span></a><span style="font-weight: 400;">, Revista la Brújula, </span><a href="https://prodavinci.com/"><span style="font-weight: 400;">Pro Davinci</span></a><span style="font-weight: 400;">, </span><a href="https://www.todaspr.com/"><span style="font-weight: 400;">Todas</span></a><span style="font-weight: 400;">, </span><a href="https://wambra.ec/"><span style="font-weight: 400;">Wambra Medio Digital Comunitario</span></a><span style="font-weight: 400;">) y periodistas feministas se unieron para aportar evidencias y actualizar las proyecciones de cara a la despenalización y legalización en 20 países. Este trabajo fue realizado por la Red de Periodistas Feministas de América Latina y el Caribe y coordinado por Anfibia y LATFEM.</span></p>
<h3><b>Argentina</b></h3>
<p><span style="font-weight: 400;">La interrupción del embarazo es legal bajo el sistema de causales. Desde 1921 todas las mujeres y personas gestantes tienen derecho a interrumpir de manera legal sus embarazos: si representa un riesgo para la vida, si representa un riesgo para la salud o si es producto de una violación. En 2012 la Corte Suprema de Justicia de la Nación ratificó lo que dice el Código Penal a través de un fallo conocido como </span><a href="http://www.saij.gob.ar/corte-suprema-justicia-nacion-federal-ciudad-autonoma-buenos-aires--medida-autosatisfactiva-fa12000021-2012-03-13/123456789-120-0002-1ots-eupmocsollaf"><span style="font-weight: 400;">“F.A.L”</span></a><span style="font-weight: 400;">.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">En los hospitales públicos argentinos se registraron 45.968 internaciones por complicaciones de abortos, según las cifras de 2015 de la Dirección de Estadística e Información de Salud (DEIS) de la Secretaría de Salud de la Nación. En 7.280 egresos la paciente tenía de 15 a 19 años. Ese año hubo 108.912 nacidos vivos de adolescentes que se convirtieron en madres. </span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Las estimaciones oficiales dicen que se realizan aproximadamente 54 abortos por hora, es decir 1.300 por día. Por año se calcula que la cifra oscila entre 370.000 y 520.000. </span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Desde 1985 hasta 2016 al menos 3.040 mujeres murieron por abortos practicados en condiciones de riesgo en Argentina, </span><a href="https://docs.google.com/spreadsheets/d/1hCQxariSbMvT1igvDUjbLhM_Exjnn3v6YCPiGUTNXlY/edit#gid=0"><span style="font-weight: 400;">según datos oficiales y públicos de la Secretaría de Salud de la Nación</span></a><span style="font-weight: 400;">. En 2017 hubo 30 muertes por aborto registradas.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">En 2018 por primera vez se discutió en el Congreso el proyecto de la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito. El 14 de junio de ese año la Cámara de Diputados y Diputadas aprobó el proyecto, pero el 9 de agosto el Senado lo rechazó. El 28 de mayo de 2019 el proyecto se presentó por octava vez.</span></p>
<p><b>Bolivia</b><b><br />
</b></p>
<p><span style="font-weight: 400;">El aborto está prohibido: se castiga con penas de hasta seis años de cárcel. Sólo está permitido cuando el embarazo es producto de una violación, cuando la vida de la madre está en riesgo, cuando se detectan malformaciones fetales o cuando la gestante es niña o adolescente. En estos casos, debe ser practicado por un médico y tener autorización judicial.</span></p>
<p>Es la tercera causa de muerte materna en Bolivia, de acuerdo con el Estudio Nacional de Mortalidad Materna 2011. Según cifras del Ministerio de Salud, en 2017 115 mujeres llegaron al Sistema Nacional de Salud con complicaciones por abortos inseguros. Como está penalizado, no existe un registro específico legal. Las activistas bolivianas calculan que anualmente se hacen en el país 80.000 abortos, realizados en su mayoría en condiciones inseguras.</p>
<p><span style="font-weight: 400;">El panorama en cuanto a la legislación boliviana sobre el aborto es incierto. En octubre se celebrarán las elecciones nacionales y las posturas sobre el tema de los principales partidos no son claras.</span><span style="font-weight: 400;"><br />
</span></p>
<p><strong>Brasil </strong></p>
<p><span style="font-weight: 400;">El aborto en Brasil está despenalizado en los casos de violación, anencefalia del feto y cuando peligra la vida de la persona gestante. Puede ocurrir hasta la semana 22 y mientras el feto pese menos de medio kilo. Sin embargo, está penalizado bajo otras circunstancias con 1 a 3 años de prisión de acuerdo con el Código Penal de 1940. El único proyecto de legalización se presentó en 2015 por el entonces diputado Jean Wyllys, quien renunció durante el primer mes del mandato de Jair Bolsonaro denunciando persecución política y amenazas a su vida.</span></p>
<p>Pocos meses antes de la asunción de Bolsonaro, en agosto de 2018, se abrió el debate en el Supremo Tribunal Federal (STF): duró dos audiencias en las cuales distintos actores de la sociedad civil presentaron argumentos a favor de la despenalización hasta la semana doce.</p>
<p>En un país con casi 210 millones de habitantes la penalización sobre el aborto y los riesgos de la clandestinidad arrojan cifras a gran escala: en Brasil se realiza un aborto por minuto, y el 60 por ciento de quienes lo hacen son personas de entre 18 y 29 años. Y lo más preocupante: muere una mujer por complicaciones en abortos clandestinos cada dos horas.</p>
<p>El panorama no es optimista bajo el gobierno de Bolsonaro, un mandatario abiertamente en contra del avance en materia de derechos humanos, sexuales y reproductivos; además de estar en guerra declarada con las demandas del movimiento feminista y las disidencias. Desde su asunción, las únicas políticas relativas al aborto fueron intentos de instaurar el comienzo de la vida en la concepción mediante propuestas de enmiendas constitucionales. Si bien los intentos no prosperaron, la misma ministra de Mujer, Familia y Derechos Humanos Damaraes Alves -pastora- apoyó aquella creencia.</p>
<p>Los movimientos sociales en Brasil continúan dando el debate: el 24 de septiembre se realizó una audiencia en la Cámara de Diputados en la que activistas de derechos humanos denunciaron que sólo en el 43 por ciento de los hospitales se aplican los protocolos de aborto legal previstos por la ley. Además, la lucha sigue en las calles: bajo el lema “Ni presa, ni muerta”, lxs activistas por los derechos sexuales y reproductivos continúan dando la batalla por la vida y derechos de las mujeres y personas gestantes.</p>
<p><b>Chile </b><b><br />
</b></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Las personas gestantes se enfrentan a un contexto conservador: el aborto es visto como un crimen por gran parte de la sociedad. La Ley N° 21.030, promulgada en septiembre 2017 después de una discusión de dos años, regula la despenalización de la interrupción voluntaria del embarazo en tres causales. Antes el aborto era ilegal y criminalizado. La Ley modifica el Código Penal y el Código Sanitario para que la interrupción del embarazo se garantice cuando la vida de la mujer se encuentre en riesgo, cuando el feto no tenga posibilidades de sobrevivir fuera del útero y/o cuando el embarazo sea producto de una violación.</span></p>
<p>En agosto del 2018, las diputadas de la oposición presentaron en la Cámara Baja un segundo proyecto elaborado por la Mesa de Acción por el Aborto Libre y Corporación Humanas. El objetivo, despenalizar la interrupción voluntaria del embarazo hasta las 14 semanas. Desde el gobierno de Sebastián Piñera sentaron postura: “No es agenda del ejecutivo”.</p>
<p>En la práctica la ley de aborto tres causales ha estado llena de barreras. Los profesionales e instituciones de la salud han utilizado argumentos de “objeción de conciencia” para negar el derecho a acceder al procedimiento, incluso en situaciones de riesgo de vida de la madre o embarazos de niñas producto de violación. Según cifras del Ministerio de Salud (Minsal), de los 1.148 médicos y médicas contratadas en la red pública que se declaran objetores de conciencia, el 50,5 por ciento (580) se ha declarado objetor por la tercera causal de violación sexual; el 28,5 (328) por ciento en la causal inviabilidad; y, 20,7 (238) por ciento en caso de riesgo vital.</p>
<p><span style="font-weight: 400;">A fines de 2018 una niña de 12 años de Chiloé resultó embarazada luego de ser víctima de una agresión sexual. Los médicos se negaron a atenderla por ser objetores de conciencia y tuvo que viajar a Santiago. Así fue también la experiencia de </span><a href="https://www.eldesconcierto.cl/2018/05/03/hospital-de-quilpue-sera-auditado-tras-falla-en-caso-de-mujer-a-quien-negaron-aborto-por-inviabilidad-fetal/"><span style="font-weight: 400;">Fernanda Sandoval</span></a><span style="font-weight: 400;">, una mujer de 25 años que denunció al Hospital de Quilpué por haberle negado un aborto por la segunda causal, la de inviabilidad fetal. </span></p>
<p>En abril de este año la Fundación Miles visibilizó el caso de Candy Jamett, químico farmacéutica y funcionaria de la (Policía de Investigaciones) PDI, quien denunció a los médicos y médicas del Hospital de Carabineros (HOSCAR) por no constituir la causal dos: inviabilidad fetal extrauterina y pasar por alto la existencia de tres informes de especialistas que documentaban la malformación del feto incompatible con la vida. Los médicos dilataron el caso hasta 25 semanas.</p>
<p>Según cifras de la Mesa de Acción por el Aborto, el número de interrupciones voluntarias oscila entre los 80 mil y 260 mil casos anuales: sólo un tres por ciento de los procedimientos se deben a ley de aborto tres causales. La mayoría de los abortos siguen siendo clandestinos.</p>
<p>Desde Línea Aborto libre y de “Con Amigas y en la Casa” promueven información sobre el uso de misoprostol y trabajan con Matrofem y la Red de Profesionales por el Derecho a Decidir. En 2019 acompañaron a 5 mil mujeres a lo largo de todo el país, desde Arica a Puerto Montt.</p>
<p><b>Colombia</b></p>
<p><span style="font-weight: 400;">La sentencia C355 de 2006 otorga el derecho a la interrupción voluntaria del embarazo en tres causales: cuando el feto presenta malformaciones o su vida es inviable, cuando la vida de la mujer se pone en riesgo y cuando el embarazo es producto de una violación sexual, de incesto o inseminación artificial no consentida. </span></p>
<p>Esta decisión judicial no sólo despenalizó el aborto en ciertas circunstancias. También reconoció que quienes lo requieran tienen derecho a solicitar al sistema público de salud que le practiquen una interrupción voluntaria del embarazo.</p>
<p>Sin embargo, lo que la Corte Constitucional ha denominado un derecho fundamental de las niñas y mujeres presenta obstáculos institucionales y culturales. En julio, por ejemplo, la senadora María del Rosario Guerra del derechista partido Centro Democrático presentó un proyecto para ampliar la objeción de conciencia: habilita a instituciones completas o colectivos por medio de su representante legal se declaren objetores de conciencia y centros médicos enteros se nieguen a realizar abortos.</p>
<p>De acuerdo a la información publicada por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE) en 2018, una de cada cinco adolescentes entre 15 y 19 años ha estado alguna vez embarazada.</p>
<p><span style="font-weight: 400;">Las colombianas están dando la disputa para sacar el aborto del closet y lograr la despenalización social. Uno de los grupos que busca hablar del tema es </span><a href="https://www.instagram.com/lasviejasverdes/?hl=es-la"><span style="font-weight: 400;">“Viejas verdes”</span></a><span style="font-weight: 400;">, un colectivo de feministas en la resistencia digital. </span></p>
<h3><b>Costa Rica</b></h3>
<p><span style="font-weight: 400;">Durante 2019 el movimiento de mujeres y feministas y diversas instituciones han instado al gobierno de Carlos Alvarado a emitir una norma técnica que clarifique la aplicación del aborto terapéutico. El pedido se basa en una responsabilidad que el Estado ha asumido ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">En 2007 y 2012, respectivamente, el Estado les negó a Ana y Aurora acceder a un aborto pese a que su salud corría riesgo. Ambas historias fueron llevadas CIDH y, a cambio, el gobierno sugirió una instancia intermedia en la que se regularizara la situación. En julio del año pasado se cerraron las negociaciones pero la norma técnica aún está pendiente.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Según el artículo 121 del Código Penal, que data de 1971, “no es punible el aborto practicado con consentimiento de la mujer por un médico o por una obstétrica autorizada si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre y éste no ha podido ser evitado por otros medios”. La falta de regulación aún impone trabas para su aplicación. </span></p>
<p>En enero de este año, en una votación de 27 a favor y 26 en contra, el Congreso aprobó una moción que insta al presidente a no firmar la norma técnica sobre aborto terapéutico. Aunque es un acto no vinculante, desde el Ejecutivo se comprometieron a regularizar la situación. El ministro de Salud, Daniel Salas, dijo que están tratando de encontrar un “balance” de la interpretación genuina de lo que establece el Código Penal. “Vamos a hacer todo lo posible para salvar las dos vidas y, si no se puede, pues la mujer sí podría optar por una interrupción del embarazo”, sostuvo.</p>
<p>Desde el Instituto Nacional de las Mujeres la denuncia es clara: “El Estado está infringiendo los compromisos internacionales que ha asumido para garantizar la protección efectiva de los derechos humanos de las mujeres”.</p>
<p><span style="font-weight: 400;">Al igual que en otros países de la región, la falta de regulación tiene su impacto en la falta de estadísticas sobre cómo afecta esta situación a las personas gestantes. </span></p>
<p><a href="https://uploads.strikinglycdn.com/files/57e48c2e-ab4f-4307-8d78-c46971103b52/Estimacio%CC%81n%20aborto%20inducido%20ADC.pdf"><span style="font-weight: 400;">La última investigación de la Asociación Demográfica Costarricense (ADC)</span></a><span style="font-weight: 400;"> entre 2007 y 2008 reveló que en el país se practicaban 27.000 abortos inducidos por año: una tasa de 22,3 abortos por cada mil mujeres de entre 15 y 49 años y 38 abortos por cada cien nacidos vivos. Es decir, en Costa Rica ocurre en promedio un aborto cada tres nacidos vivos. También se estima que el 20 por ciento de las mujeres acuden a una institución de salud debido a las complicaciones postaborto. </span></p>
<p>Según datos del Área de Estadística en Salud (CCSS), en 2017 sólo 25 internaciones fueron por abortos espontáneos y 2.128 por abortos incompletos “no especificados”. Entre 1997 y el 2017 un total de 97.984 mujeres llegaron a hospitales con complicaciones a raíz de abortos incompletos; es decir, 4.899 por año. Si la proyección de la ADC se cumpliera hoy, significaría que hay más de 24.000 personas gestantes que abortan por año.</p>
<p>En Costa Rica no hay datos oficiales de aborto. Y tampoco hay misoprostol, mifepristona ni productos similares. “Se ha desaconsejado porque sino las mujeres lo usarían”, explica Larissa Arroyo Navarrete, abogada especializada en derechos humanos. La técnica que se utiliza es el legrado, más conocido como raspaje, una intervención que la Organización Mundial de la Salud desaconseja desde 2002 por ser un método invasivo y costoso.</p>
<h3><b>Cuba</b></h3>
<p><span style="font-weight: 400;">En 1965 Cuba despenalizó el aborto o interrupción voluntaria de embarazo y se empezó a realizar el procedimiento, de forma legal, en los centros hospitalarios. La decisión, con amplio apoyo popular desde entonces y hasta la fecha, se debió a la alta incidencia de muertes maternas por prácticas caseras.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">No</span> <span style="font-weight: 400;">hace falta dar razones para abortar hasta cumplidas las diez o doce semanas de embarazo. Posteriormente, solo se realiza en casos médicamente comprometidos y antes de las 22 semanas.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Desde 1979 y a través del Código Penal, sí está criminalizada la interrupción del embarazo de forma ilegal, es decir fuera de las instituciones de salud pública. Para acceder a la práctica médica, las niñas y adolescentes menores de 18 deben ir acompañadas de padre y madre, y con consentimiento informado y firmado.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">La política de salud estatal también está compuesta por programas y estrategias educativas y de prevención para incrementar la educación y salud sexual y reproductiva, como forma de disminuir la incidencia del aborto.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">En 1968 se empezaron a registrar las primeras cifras oficiales. Según la última Encuesta Nacional de Fecundidad de 2009, realizada a una población entre 15 y 54 años, el 21,2 por ciento de las mujeres encuestadas recurrieron a la interrupción voluntaria al menos una vez en sus vidas. En la actualidad, los datos sobre la cantidad de abortos, son imprecisos y muy segmentados porque no filtran entre los voluntarios y los espontáneos.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">El acceso al aborto es gratuito y universal, con personal altamente calificado. Cuando la gestante tiene menos de seis semanas se realiza la regulación menstrual. Tiene pocas complicaciones y no necesita anestesia. Desde las siete y hasta las doce semanas, la interrupción es en el hospital y exige varios análisis complementarios. Se utilizan los métodos farmacológico (pastillas) o por legrado de cavidad (precisa de anestesia general y se efectúa en un salón con las medidas de asepsia y antisepsia).</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">La muerte por interrupción voluntaria de embarazo no figura entre las diez primeras causas de fallecimiento en la isla. De hecho, su ocurrencia es mínima; en el 2018 no hubo ningún caso. Según datos del acápite “Salud Pública y Asistencia Social” del Anuario Nacional de Estadísticas 2018, compilado por la Oficina Nacional de Estadísticas e Información (Onei), entre 2013 y 2017 las muertes están por debajo de 4,3 casos por cada cien mil niños nacidos vivos. La cifra incluye no solo las muertes por embarazos interrumpidos de forma voluntaria, sino aquellos que sufrieron complicaciones médicas o que ocurrieron de forma espontánea. Si se filtrara más el dato, la prevalencia sería menor a 1,5.</span></p>
<p><b>Ecuador </b></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Existen tres causales de aborto legal: cuando está en riesgo la vida, salud de la mujer y cuando el embarazo es producto de la violación a una mujer con discapacidad mental. Estas causales están presentes en el Código Penal desde 1938, con mínimas modificaciones. En 2017 lxs legisaldorxs discutieron una reforma al artículo 150 del Aborto No Punible para incluir nuevas causales: violación, incesto y malformaciones incompatibles con la vida extrauterina. El 17 de septiembre de 2019 la Asamblea Nacional votó la reforma (65 a favor, 59 en contra) pero no pudo aprobarla: faltaron cinco votos. El camino no está cerrado: el presidente Lenin Moreno puede vetar el proyecto, que volvería a la Asamblea para una nueva votación.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Cada año 21.939 mujeres llegan a un hospital o centro de salud para ser atendidas por un aborto (espontáneo, médico, otro o no especificado) según el  “</span><a href="http://www.ecuadorencifras.gob.ec/camas-y-egresos-hospitalarios/"><span style="font-weight: 400;">Anuario de Estadísticas de Salud: Camas y Egresos Hospitalarios (ESCEH)</span></a><span style="font-weight: 400;">” del Ministerio de Salud Pública y el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos, INEC. El 42 por ciento (9.309) son niñas, adolescentes y jóvenes menores de 24 años.</span> <span style="font-weight: 400;">En 2017 estos abortos sumaron 19.737, ubicándose como la segunda causa de morbilidad femenina, incluso por encima de la neumonía o gastroenteritis.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Entre 2009 y 2017 115 mujeres murieron por “embarazos terminados en aborto”: el 38 por ciento (44) eran adolescentes y jóvenes menores de 24 años, según el Ministerio de Salud Pública. </span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">El Consejo de la Judicatura registró 134 causas legales ingresadas entre 2014 y 2018 por el delito de “aborto consentido”, que sanciona tanto a la mujer como al personal de salud que lo practique (80 fueron contra mujeres y 54 contra acompañantes o personal de salud). Las organizaciones de mujeres y derechos humanos</span><a href="https://www.inredh.org/archivos/pdf/informe_mujeres_cidh.pdf"> <span style="font-weight: 400;">han denunciado</span></a><span style="font-weight: 400;"> que las mujeres criminalizadas por aborto en Ecuador tienen rostro: son afrodescendientes, indígenas, todas empobrecidas.</span></p>
<h3><b>El Salvador </b></h3>
<p><span style="font-weight: 400;">Desde 1998 está penalizado totalmente el aborto. Está prohibido aún en casos en los que la vida de la madre está en peligro. Las penas van los seis meses hasta los doce años de cárcel para las mujeres y los profesionales de la salud que las ayuden pueden ser condenados a hasta 12 años de cárcel (artículo 133 del código penal). </span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">La ley considera como delito de aborto toda interrupción del embarazo, premeditada consentida o no, hasta la semana 20 de gestación. Después ya no se habla de aborto, sino de homicidio agravado: el delito con la pena de prisión más alta del Código Penal salvadoreño, de 30 a 50 años</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Desde 1998 147 mujeres han sido acusadas y procesadas por aborto u homicidio. En la actualidad, según datos de la Fiscalía General de la República, hay dos mujeres condenadas por el delito de aborto y 16 mujeres privadas de libertad, que alegan haber sufrido un parto extrahospitalario y/o emergencia obstétrica, con penas de hasta 40 años. </span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Debido a que el aborto es una práctica clandestina no se cuenta con datos oficiales. El ministerio de salud registra únicamente los abortos naturales o espontáneos sin hacer la distinción con las interrupciones voluntarias del embarazo. La última cifra oficial publicada en la Encuesta Nacional de Salud Familiar (2008) señaló que entre 2005 y 2008 hubo 19.290 abortos. Más de una cuarta parte de las mujeres que abortaron tenían menos de 18 años. </span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Desde 2009 se ha registrado un descenso en las muertes maternas. Ese año se registraron 51 defunciones por cada 100 mil nacidos vivos (según el boletín de indicadores del Sistema Nacional de Salud 2016-2017). Para 2012 la cifra bajó a 42.3, y luego a 38 en 2013. En 2014 subió hasta 52 casos por cada 100 mil nacimientos, en 2015 bajó de nuevo a 42.3 y en 2016 cayó a 27.4.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Según el Ministerio de Salud (Minsal), más del 90 por ciento de las muertes maternas registradas en el país son prevenibles: “sucedieron debido a un manejo inadecuado, descuido en su atención hospitalaria, diagnóstico incorrecto, falta de recursos materiales o humanos para la atención”. </span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Un dato importante dentro de las muertes maternas es que el suicido es la principal causa entre las defunciones de adolescentes embarazadas. Para quitarse la vida, la mayoría ingiere veneno tipo pesticidas y para ratas. </span></p>
<p><strong>Guatemala</strong></p>
<p><span style="font-weight: 400;">El aborto está registrado en el </span><a href="http://ww2.oj.gob.gt/es/QueEsOJ/EstructuraOJ/UnidadesAdministrativas/CentroAnalisisDocumentacionJudicial/cds/CDs%20compilaciones/Compilacion%20Leyes%20Penales/expedientes/01_CodigoPenal.pdf"><span style="font-weight: 400;">Código Penal</span></a><span style="font-weight: 400;"> como un delito. Las penas van de uno a 12 años de prisión, tanto para las mujeres que interrumpen su embarazo, como para las personas que les ayudan a hacerlo. El único aborto que no es considerado actualmente punible es el terapéutico (el que se practica cuando la vida de una mujer está en riesgo), siempre y cuando dos doctores lo diagnostiquen. Sin embargo, personas que trabajan en organizaciones dedicadas a la defensa de los Derechos Sexuales y Reproductivos y especialistas médicos aseguran que la mayoría de ginecólogos se niegan a practicar los abortos debido a sus creencias personales.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">En Guatemala, los abortos son un problema de salud pública. Niñas, adolescentes y mujeres que no quieren continuar con sus embarazos usualmente tratan de interrumpir el embarazo de manera insegura, a veces en lugares clandestinos, lo que provoca desde hemorragias e infecciones hasta la muerte. Aunque extraoficialmente se manejan algunas cifras y proyecciones, el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social </span><a href="https://agenciaocote.com/el-gobierno-disfraza-las-muertes-de-mujeres-por-abortos-inseguros/"><span style="font-weight: 400;">no guarda un registro exacto</span></a><span style="font-weight: 400;"> de cuántas mujeres han fallecido por esta causa. Estas muertes se registran bajo otros diagnósticos, lo que crea un subrregistro que impide entender completamente la magnitud del problema y tomar medidas en base a datos reales.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Actualmente, en el Congreso de la República, está pendiente la aprobación en tercera lectura de la iniciativa de </span><a href="https://agenciaocote.com/por-que-la-5272-de-ser-aprobada-puede-ser-declarada-inconstitucional/"><span style="font-weight: 400;">Ley para la Protección de la Vida y la Familia</span></a><span style="font-weight: 400;"> (5272), planteada en 2017 por el diputado conservador Fernando Linares Beltranena. La iniciativa busca incrementar las penas por aborto en el Código Penal, que aumentarían hasta un máximo 30 años, además de criminalizar los abortos culposos (espontáneos, accidentales) que puedan sufrir las mujeres, con penas de hasta cuatro años de prisión. Varias organizaciones de mujeres realizan campañas en contra de la aprobación de ésta.</span></p>
<p><strong>Honduras </strong></p>
<p><span style="font-weight: 400;">El aborto es ilegal en todas las circunstancias, incluso cuando el embarazo es resultado de una violación. Cualquier mujer que se someta a un aborto, y cualquier persona que la ayude, puede ser acusada penalmente y encarcelada, aunque recientemente se aprobó un nuevo Código Penal que baja las penas en casos de violencia doméstica, el delito del aborto no cambia y menciona penas que van desde los 3 a los 10 años de cárcel.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Estimaciones de las organizaciones de derechos humano señalan que en el país se practican aproximadamente entre 50.000 y 80.000 abortos. </span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Aunque las </span><span style="font-weight: 400;">noticias sobre mujeres sospechosas de haberse practicado un aborto aparecen en las noticias con sus fotografías, nombres e incluso direcciones, </span><span style="font-weight: 400;">datos proporcionados a Human Rights Watch por el Ministerio Público señalan que </span><span style="font-weight: 400;">en los últimos tres años nadie ha sido condenado por aborto</span><span style="font-weight: 400;">, pero siete personas fueron acusadas de tener o practicar abortos y dos fueron detenidas.</span></p>
<p>De acuerdo al mismo informe más de 30.000 adolescentes de entre 10 y 19 años entran a una sala de parto cada año y solo en 2017 aproximadamente 820 niñas de entre 10 y 14 años dieron a luz en Honduras, según datos de la Secretaría de Salud. La enorme mayoría de estos embarazos fueron resultado de violaciones realizadas en un contexto donde la Píldora Anticonceptiva de Emergencia (PAE) tiene una prohibición de su uso, venta y distribución incluso en casos de violencia sexual, además de no tener un protocolo integral para la atención de las víctimas.</p>
<p>Pese a este panorama, las feministas están organizadas en la campaña “Somos muchas” quienes en 2017 lograron llevar el debate sobre la despenalización del aborto por tres causales al Congreso Nacional, pero 79 de los 128 diputados votaron en contra. Hasta el momento Somos Muchas organiza este 28 de septiembre por segundo año consecutivo el Encuentro Nacional Por el derecho a Decidir.</p>
<p><img class="aligncenter wp-image-45734 size-medium" src="http://www.marcha.org.ar/wp-content/uploads/2019/09/photo4936151273175099472-630x334.jpg" alt="" width="630" height="334" srcset="https://marcha.org.ar/wp-content/uploads/2019/09/photo4936151273175099472-630x334.jpg 630w, https://marcha.org.ar/wp-content/uploads/2019/09/photo4936151273175099472-640x339.jpg 640w, https://marcha.org.ar/wp-content/uploads/2019/09/photo4936151273175099472.jpg 1000w" sizes="(max-width: 630px) 100vw, 630px" /></p>
<p><b>México</b><b><br />
</b></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Las mujeres continúan enfrentando obstáculos para el acceso a servicios de aborto y criminalización. A pesar de que existe la norma NOM-46, que permite que las víctimas de violación sexual en todo el país accedan a los servicios de interrupción legal del embarazo, hay entidades que siguen criminalizando a las mujeres y por ende se ven forzadas a trasladarse a la Ciudad de México, en caso de contar con los recursos. En la actualidad, de acuerdo con los códigos penales de las 32 entidades del país, la interrupción del embarazo es legal si este es consecuente de una violación. </span></p>
<p>En 29 estados no se penaliza a las mujeres si el aborto se produjo de manera “imprudencial”; en 23 se permite el aborto si la vida de la mujer se pone en riesgo. 16 estados permiten la interrupción del embarazo cuando el producto presenta alteraciones congénitas o genéticas graves; en 15, cuando el embarazo es resultado de inseminación artificial, y sólo en dos estados, Michoacán y Yucatán, se permite la interrupción legal del embarazo por razones económicas.</p>
<p>Pero el hecho de que se permita en algunos estados por causas específicas no significa que sea seguro o que existan clínicas seguras y gratuitas. Quienes se benefician de las restricciones legales son las clínicas privadas a las que no pueden acudir todas las mujeres.</p>
<p>Ante la propuesta de Morena (grupo mayoritario en las cámaras) de promover en la agenda legislativa la iniciativa de despenalizar el aborto en el país por diferentes causas, entre estas, la violencia de género, el Secretario de Salud, Jorge Alcocer, indicó que el sistema está preparado para interrumpir de manera legal el embarazo en las unidades médicas.</p>
<p>En México sólo dos estados permiten que, por voluntad, la mujer aborte hasta las 12 semanas de gestación. La Ciudad de México lo avaló en 2007 y este 25 de septiembre el congreso de Oaxaca aprobó la propuesta con 24 votos a favor.</p>
<p>Organizaciones de la sociedad civil, con base en datos del Consejo Nacional de Población, aseguran que en la clandestinidad se realizan entre 750 mil y un millón de abortos anualmente, lo que refleja que ocho de cada 10 mujeres no tienen acceso a una interrupción segura y legal.</p>
<p>El aborto inseguro continúa siendo la cuarta causa de muerte materna en el país. Según la base de datos de la Dirección General de Epidemiología, en 2018 la tasa de mortalidad materna en México fue de 30.2 defunciones por cada 100 mil nacimientos, siendo el aborto, con 8.7 por ciento, el causante del deceso. Se registraron 667 muertes maternas, de las cuales, 58 se relacionan con el aborto inseguro. Esto significa que nueve de cada 100 mujeres fallecieron por aborto.</p>
<p>Las mujeres en México continúan siendo criminalizadas por el delito de aborto, en ocasiones con penas de prisión. La mayoría de las entidades federativas contemplan penas privativas de libertad de 15 días hasta 6 años. Sólo son tres los que no consideran este tipo de penas: Chiapas, Michoacán y Veracruz.</p>
<p>También hay multas que van de los 20 a los 300 salarios mínimos, trabajos en favor de la comunidad y formas de tratamiento médico o psicológico.</p>
<p><span style="font-weight: 400;">Según cifras del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SNSP), de 2015 a 2018 se registraron 2 mil 135 carpetas de averiguaciones previas contra mujeres que abortaron. Baja California, Ciudad de México, Baja California Sur, Tamaulipas, Nuevo León y Morelos, son las entidades en donde hay más investigaciones contra mujeres por abortar.</span></p>
<h3><b>Nicaragua</b></h3>
<p><span style="font-weight: 400;">El Código Penal de Nicaragua en su Ley 641 establece hasta dos años de prisión a las mujeres que interrumpan de forma voluntaria su embarazo. Los profesionales de la salud que practican un aborto serán condenados hasta con diez años de prisión.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Si se trata de un profesional de la salud, la pena principal simultáneamente contendrá la inhabilitación especial de 5 a 10 años para ejercer la medicina u oficio sanitario.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">La Ley en su artículo 148 y 149 incluye el delito de lesiones física y “psíquica” al que está por nacer y establece pena hasta de 2 a 5 años e inhabilitación en el ejercicio médico hasta de ocho años.  </span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Con la derogación del Artículo 165 del Código Penal (vigente por más de 100 años), que establecía el aborto terapéutico con el consentimiento del cónyuge o pariente más cercano de la mujer y la intervención de tres facultativos, se inicia la penalización total del aborto. Durante la campaña electoral de 2006, los partidos políticos, incluyendo el Frente Sandinista de Liberación Nacional, se comprometieron con las agendas pro vida de grupos fundamentalistas. </span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Entre 2007 y 2018, tras la penalización, el Anuario Estadístico de la Policía Nacional registra 132 denuncias por aborto, siendo el 2009 el año con más denuncias (29). El Ministerio de Salud únicamente da cuenta de los embarazos terminados en aborto: en 2018 fueron 9,788 y en 2017 6,619, siendo la sexta causa de hospitalización de las embarazadas. No hay detalle de la cantidad de abortos espontáneos e inducidos. </span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Los más de 40 recursos por inconstitucionalidad contra la penalización del aborto terapéutico ante la Corte Suprema de Justicia no han sido resueltos tras de 12 años de penalización.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">El recurso presentado por el Centro Nicaragüense de Derechos Humanos (CENIDH)  cita un total de 5,884 abortos terapéuticos entre 2003 y el primer semestre de 2016, con base a datos del Ministerio de Salud (MINSA).</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">La criminalización y persecución de las mujeres que deciden terminar un embarazoes frecuente. El 12 de agosto de 2009 una joven de 21 años fue acusada por la policía de provocarse un aborto. Fue el primer caso judicializado luego de la penalización. A ello, se suma el aumento de abortos clandestinos que pone en riesgo la vida de las mujeres al realizarse en condiciones de inseguridad. Por ello, las mujeres continúan demandado el derecho a un aborto legal y seguro pero han sido reprimidas y estigmatizadas.   </span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">El Ministerio de Salud  de Nicaragua registra entre 2016 y 2018, 147 muertes maternas. Las principales causas reportadas son por hemorragias, parto y puerperio e hipertensión durante el embarazo. Sin embargo, según la doctora Ana María Pizarro estas muertes eran evitables. Entre el 2016 y 2018 el MINSA reporta la muerte de nueve mujeres por embarazos terminados en aborto.</span></p>
<h3><b>Panamá </b></h3>
<p><span style="font-weight: 400;">El aborto es ilegal salvo en caso de amenaza a la vida o la salud de la mujer o si el embarazo sea el resultado de una violación. La discusión para despenalizar y/o legalizar no está en agenda y ni siquiera existe una ley de educación en salud sexual y reproductiva.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">En 2016 avanzó un proyecto en la Asamblea (era el resultado de un consenso enorme y un trabajo de consulta largo) y los grupos evangélicos sacaron lo frenaron a fuerza de movilizaciones populares.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Las penas por abortar, según el código penal, van de 1 a 3 años de prisión para las mujeres. Quien provoque el aborto de una mujer con el consentimiento de ella será sancionado con prisión de 3 a 6 años. Quien lo haga sin su consentimiento o contra su voluntad, será sancionado con prisión de 4 a 8 años. Si una mujer muere por consecuencia del aborto o de los medios usados, la sanción va de 5 a 10 años. Las sanciones aumentan en una sexta parte si el culpable de la provocación del aborto es el marido.</span></p>
<p><b>Paraguay</b></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Salvo que la vida de la mujer corra riesgo, el aborto está prohibido por ley en Paraguay con penas de entre cinco a ocho años de cárcel. En el estudio “Cálculo de la magnitud del aborto inducido en el Paraguay” publicado este año se estima que se producen entre 20 mil y 30 mil abortos inducidos anualmente. Los datos surgen de registros oficiales y otras estadísticas. Según el Ministerio de Salud, en 2016 se registraron 7402 egresos hospitalarios por aborto, pero la cifra no distingue entre espontáneos o inducidos. </span></p>
<p>De acuerdo al Centro de Documentación y Estudios, en 2018 el Ministerio Público abrió 45 expedientes por aborto, 20 por ciento menos que el año anterior. Aunque por lo general se dan medidas alternativas a la prisión, según datos del Ministerio de Justicia, tres personas estaban privadas de su libertad en 2018: una mujer y dos varones.</p>
<p>Según los últimos datos oficiales del Ministerio de Salud, en 2017 se registraron 78 muertes maternas en hospitales públicos. De esas, 10 fueron por aborto, la tercera causa de muerte materna. Desde 2008 hasta 2017, 214 mujeres murieron por causas relacionadas al aborto.</p>
<p><b>Perú</b></p>
<p><span style="font-weight: 400;">El único tipo de aborto legal es el terapéutico y está previsto cuando la vida o la salud de la gestante está en riesgo. Si bien la norma rige desde hace 90 años, recién en 2014 el Estado aprobó la guía técnica para su aplicación. Desde entonces, solo 11 niñas han accedido a este procedimiento. </span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">El artículo 30 de la Ley General de Salud obliga al personal médico a denunciar penalmente a los pacientes que llegan a sala de emergencias con “indicios de aborto criminal”, y aunque algunos profesionales de la salud no están de acuerdo con la norma y suprimen sus historias clínicas, temen ser acusados de encubrimiento o complicidad de un delito, sobre todo si la víctima fallece. </span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Según la fiscalía, cada año se reciben entre 900 a 1.000 denuncias por aborto en todo el país, una cifra inferior a los casos atendidos en los hospitales públicos: solo entre los años 2012 y 2018, unas 424.570 mujeres, niñas y adolescentes fueron atendidas por este motivo. Es decir, unos 60 mil abortos cada año. </span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Las estadísticas oficiales corresponden a los establecimientos del Ministerio de Salud y del Seguro Social, pero solo los primeros registran la edad de las pacientes que llegan con este diagnóstico. De acuerdo a esta data, 19.829 niñas y adolescentes llegaron al hospital por secuelas de abortos; 3.089 de ellas tenían entre 10 y 14 años.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">El 8% de las 377 muertes muertes maternas registradas el 2017 fueron por complicaciones en el aborto, según cifras del sector Salud. Entre las principales causas directas de muertes maternas en adolescentes se encuentra el aborto (29%). </span></p>
<h3><b>Puerto Rico</b></h3>
<p><span style="font-weight: 400;">El aborto es legal desde 1973, cuando el Tribunal Supremo de Estados Unidos determinó en el caso Roe v. Wade que cualquier ley que prohiba a las mujeres realizarse un aborto es inconstitucional. Como Puerto Rico es una colonia, las decisiones del Supremo estadounidense aplican a la isla. Las niñas y adolescentes también pueden realizarse abortos sin el consentimiento de sus padres o tutores.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">La lucha de organizaciones y activistas busca ampliar el acceso a este derecho y defenderlo ante intentos políticos y de grupos religiosos fundamentalistas de limitarlo. Actualmente, solo hay seis clínicas que practican abortos y la mayoría están concentradas el área metropolitana, lo que dificulta el acceso de residentes en otras islas que son parte de Puerto Rico y de zonas distantes.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">En mayo de 2018 una senadora presentó un proyecto de ley que establecía que menores de 18 años debían acudir a un tribunal y pedir permiso para abortar si no contaban con el consentimiento de sus padres o tutores. También imponía nuevas restricciones a las clínicas y médicos que practican el procedimiento, que hasta la fecha ha probado ser seguro.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Grupos feministas se organizaron para responder al ataque al derecho bajo la campaña Aborto Libre Puerto Rico. “La práctica del aborto cumple con todos los estándares médicos y legales establecidos en el país y en los Estados Unidos. No existe ningún interés apremiante del estado para limitar el derecho a la intimidad de las mujeres con respecto a su decisión de interrumpir un embarazo no deseado”, explicó Esther Vicente, abogada e integrante de la campaña.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">El proyecto fue aprobado el 14 de marzo de 2019 pero fue vetado por el entonces gobernador, Ricardo Rosselló. Aún así, la Cámara de Representantes votó para ir por encima del veto del gobernador y el Senado ha considerado hacer lo mismo, (aún falta el voto de un senador o senadora para conseguirlo).</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">La campaña Aborto Libre Puerto Rico continúa su consigna de “aborto libre, seguro y accesible” con eventos de educación, manifestaciones frente al Capitolio y publicidad en billboards. Este 28 de septiembre habrá un “Pañuelazo por el derecho al aborto” con la que exhortan a las personas a tomarse una fotografía con su pañuelo verde y subirla a redes sociales utilizando los hashtags #AbortoLibreSeguroAccesible y #AbortoLibrePR.</span></p>
<h3><b>República Dominicana </b></h3>
<p><span style="font-weight: 400;">Es uno de los seis países de la región que prohíbe el aborto aún en casos de violación. El país tiene una tasa de mortalidad materna más alta que el promedio regional. Al menos el ocho por ciento de las muertes maternas en el país se atribuyen a complicaciones por aborto espontáneo o aborto, de acuerdo a datos publicados en un informe de Human Rights Watch.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Según un informe de 2015 del Ministerio de Salud Pública, la tasa de mortalidad materna fue de 96.8 por 100,000 nacidos vivos en 2014. Al menos 96 mujeres murieron por tales complicaciones entre 2010 y 2015 pero es sabido que existe un enorme subregistro. Según el Ministerio de Salud Pública, cada año se estima que hay 25.000 hospitalizaciones por aborto o aborto espontáneo en el sistema de salud pública, muchas son mujeres que necesitan atención después de un aborto inseguro.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">En 2017 el Senado volvió a aprobar un Código Penal con criminalización total del aborto, rechazando los cambios solicitados en la observación del Ejecutivo en 2016. El Senado envió el Código Penal propuesto a la Cámara de Diputados y Diputadas, donde fue rechazado. A partir de octubre de 2018 la criminalización en todas las circunstancias se mantuvo vigente.</span></p>
<h3><b>Uruguay</b></h3>
<p><span style="font-weight: 400;">La ley </span><a href="https://www.impo.com.uy/bases/leyes/18987-2012"><span style="font-weight: 400;">18.987</span></a><span style="font-weight: 400;"> de interrupción voluntaria del embarazo (IVE) se aprobó en Uruguay el 17 de octubre de 2012. Legaliza la práctica de aborto, mediada por el sistema nacional integrado de salud, hasta las 12 semanas de gestación por voluntad propia de la mujer o persona gestante y hasta las 14 semanas por violación. Por fuera de esos plazos y del sistema sanitario, el aborto sigue siendo un delito en el Código Penal (art. 325 y 325 bis).</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Las migrantes deben tener un año de residencia legal para solicitar IVE. Si sufrieron un hecho de violencia que derivó en un embarazo no deseado la ley integral contra la violencia basada en género (</span><a href="https://www.impo.com.uy/bases/leyes/19580-2017"><span style="font-weight: 400;">19.580</span></a><span style="font-weight: 400;">) de 2017 autoriza el acceso a IVE “cualquiera sea su nacionalidad y aunque no haya alcanzado el año de residencia en el país, siempre que los hechos de violencia hayan ocurrido en el territorio nacional”.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Al solicitar un aborto, la usuaria debe pasar por un equipo interdisciplinario que evalúa las razones de la IVE y debe cumplir “5 días de reflexión”. Tras ese plazo, el 94 por ciento ha ratificado la decisión. Unx ginecólogx suele recetar misoprostol para que el aborto se realice en la casa y debe volver al sistema a controlar que el procedimiento haya salido bien, sino se realiza un legrado.</span><a href="https://detintalimon.wordpress.com/2019/03/27/aborto-yo-abortamos-todas/"> <span style="font-weight: 400;">Esta crónica</span></a><span style="font-weight: 400;"> refleja parte del engorroso proceso.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">De 7171 abortos legales en 2013 a 9830 en 2017, el promedio no supera los</span><a href="http://www.mysu.org.uy/que-hacemos/observatorio/datos-oficiales/indicador-de-salud-sexual-y-reproductiva/aborto/"> <span style="font-weight: 400;">820 abortos por mes</span></a><span style="font-weight: 400;">. Leonel Briozzo, ex viceministro de Salud, consideró que se</span><a href="https://salud.ladiaria.com.uy/articulo/2018/5/a-cinco-anos-de-la-aplicacion-de-la-ley-de-interrupcion-voluntaria-del-embarazo/"> <span style="font-weight: 400;">llegó a una “meseta”</span></a><span style="font-weight: 400;"> y que la cantidad de abortos comenzará a bajar.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">La</span><a href="http://www.mysu.org.uy/que-hacemos/incidencia/actividad/culmina-seminario-sobre-objecion-de-conciencia-y-aborto/"> <span style="font-weight: 400;">objeción de conciencia</span></a><span style="font-weight: 400;"> es la principal barrera para acceder a una IVE. Algunos departamentos tienen el 60 por ciento de ginecólogxs objetorxs; esto genera demoras en los plazos legales por traslados de 500 kms para acceder a un servicio, sumado a la exposición y estigmatización de quienes abortan. No hay registro público de la lista de objetores.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Desde que se aprobó la ley, dos mujeres murieron en abortos clandestinos: una en 2013 cuando recién se instalaban los servicios legales y otra en 2016 (al consultar ya tenía 13 semanas de gestación; abortó en clandestinidad, sufrió una infección generalizada y murió). Tres mujeres fueron procesadas por abortar en clandestinidad.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Existe la Línea Aborto Información Segura para asesoramiento sobre la ley y el procedimiento (0800 8843 o *8843) que funciona de lunes a viernes y está a cargo del colectivo </span><a href="https://www.facebook.com/mujeresenelhorno/"><span style="font-weight: 400;">Mujeres en el Horno</span></a><span style="font-weight: 400;">.</span></p>
<h3><b>Venezuela</b><span style="font-weight: 400;"> </span></h3>
<p><span style="font-weight: 400;">El aborto no está despenalizado, mucho menos legalizado. La Ley que prohíbe la práctica es ambigua al respecto. Con la última reforma del Código Orgánico Procesal Penal en 2012 solo se hace referencia al aborto en el artículo 269 sobre la “obligación de denunciar” a los y las profesionales de la salud involucrados en un aborto. Antes de 2012, la legislación castigaba con prisión de seis meses a dos años a las mujeres que abortaban y quien las asistiese podía recibir doce a treinta meses de cárcel. Solo se permitía el aborto si la vida de la madre corría peligro. </span></p>
<p>La reforma de 2012 dejó cabos sueltos en la regulación del aborto. La última vez que el tema se abordó en la política nacional fue el 20 de junio de 2018, cuando la Red de Información Aborto Seguro presentó una propuesta a la Asamblea Nacional Constituyente para modificar el artículo 76 de la Constitución y así garantizar protección y asistencia a la maternidad voluntaria y admitir la interrupción del embarazo. Un año después no hay respuestas, ni cambios, ni un nuevo debate.</p>
<p>En 2016 murieron 756 mujeres embarazadas, 65,79 por ciento más que el año anterior. Sin embargo, se desconoce cuánto de ese porcentaje falleció por practicarse un aborto inseguro.</p>
<p>En agosto 2018, cuatro ONG venezolanas realizaron un trabajo de campo sobre los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres. Entrevistaron a profesionales de la salud en tres maternidades del país y encontraron que se habían registrado 340 abortos en solo un mes.</p>
<p>El Comité de la CEDAW y el Comité de Derechos Económicos y Sociales de las Naciones Unidas han recomendado al Estado venezolano flexibilizar la norma que penaliza el aborto. El Consenso de Montevideo sobre Población y Desarrollo, suscrito por Venezuela, también insta a los Estados a “considerar la posibilidad de modificar las leyes, normativas, estrategias y políticas públicas sobre la interrupción voluntaria del embarazo para salvaguardar la vida y la salud de mujeres y adolescentes, mejorando su calidad de vida y disminuyendo el número de abortos”. Las mujeres venezolanas siguen esperando la respuesta del Estado.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><b>Colaboraron en este especial: </b></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Ana Acosta, Jazmín Rocío Acuña Cantero, </span><span style="font-weight: 400;">Luisina Aguilar, Laura Aguirre,</span> <span style="font-weight: 400;">María Florencia Alcaraz, Natalia Arenas,</span> <span style="font-weight: 400;">Larissa Arroyo Navarrete, </span><span style="font-weight: 400;">Mayra García Cardentey, Azul Cordo, </span><span style="font-weight: 400;">Lucía Cholakian Herrera, Sonia Izquierdo, Mijail K. Miranda, </span><span style="font-weight: 400;">Cristina del Mar Quiles, Alejandra Gutiérrez Valdizán, Duyerling del Carmen Ríos, </span><span style="font-weight: 400;">Sol Lauria,</span> <span style="font-weight: 400;">Leila Mesyngier, </span><span style="font-weight: 400;">Fabiola Calvo Ocampo, </span><span style="font-weight: 400;">Ana Lucía Ola,  Francisca Quiroga, María Paz Tibiletti, Carla Perelló, Paola Vega, Elizabeth Salazar, Indira Rojas, Carolina Rojas.</span></p>

<p><a href="https://marcha.org.ar/abortar-en-america-latina-y-el-caribe-acceso-y-obstaculos/">Source</a></p>]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>La Asamblea de Ecuador dejó pasar una oportunidad histórica. No son provida son antiderechos</title>
		<link>https://marcha.org.ar/la-asamblea-de-ecuador-dejo-pasar-una-oportunidad-historica-no-son-provida-son-antiderechos/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[lsalome]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 24 Sep 2019 03:00:54 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Derecho a Decidir]]></category>
		<category><![CDATA[#28S]]></category>
		<category><![CDATA[#28Sept]]></category>
		<category><![CDATA[#AbortoLegalYa]]></category>
		<category><![CDATA[#AbortoPorViolación]]></category>
		<category><![CDATA[ecuador]]></category>
		<category><![CDATA[La Periódica]]></category>
		<category><![CDATA[mas noticias]]></category>
		<category><![CDATA[portada]]></category>
		<category><![CDATA[Rafael Correa]]></category>
		<guid isPermaLink="false">http://www.marcha.org.ar/?p=45658</guid>

					<description><![CDATA[Ante el rechazo del #AbortoPorViolación de parte de la Asamblea Nacional de ese país]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><em>Algunos apuntes para entender cómo se sigue luchando a pesar del revés de las instituciones.</em></p>
<p><strong>Por María Paula Granda Vega* @paulitagran / Foto: Karen Toro</strong></p>
<p>El día martes 17 de septiembre de 2019, la Asamblea Nacional ecuatoriana no aprobó la reforma al Código Orgánico Integral Penal (<span class="caps">COIP</span>) para ampliar las causales de aborto. En medio del frío quiteño, en las afueras de este edificio, recibimos la noticia como un balde de agua helada y como un baño de realidad: luego de seis años volvimos a perder en algo tan básico y humano como legalizar el aborto en casos de violación, incesto, estupro, inseminación no consentida y malformación letal del feto, que produjera inviabilidad extrauterina. A pesar de las cifras escalofriantes de las niñas obligadas a ser madres en todo el territorio nacional, los votos no fueron suficientes; las presiones de los grupos religiosos y conservadores de incluso enjuiciar penalmente a los y las asambleístas en caso de aprobar la reforma, los cálculos políticos y el conservadurismo individual fueron más fuertes a la hora de votar.</p>
<p>En la calle nosotras lloramos, nos abrazamos, nos indignamos, gritamos y pocos segundos después del shock, pasamos a la acción. Nuestras consignas y cánticos se volvieron más fuertes, opacando a los rezos y agradecimientos de quienes en la otra vereda festejaban la decisión de la Asamblea. Prendimos antorchas y permanecimos allí, expresando nuestro profundo rechazo a las y los asambleístas que se comprometieron con la causa y al final se ausentaron, se abstuvieron o finalmente votaron en contra. Al día siguiente se empapeló las afueras de la Asamblea con sus rostros y se los llenó de sangre de pollo, creando un muro de la vergüenza para no olvidarlos.</p>
<p>A la par, desde el día de la votación, las redes sociales se llenaron de mensajes de protesta, de reclamos y de análisis del por qué la reforma no pasó. Muchas personas nos llamaron “ingenuas” por creer que el aborto por violación se iba a aprobar, otras por confiar en figuras de la derecha política como María Mercedes Cuesta (asambleísta independiente) o Jeannine Cruz (<span class="caps">CREO</span>) quienes se pronunciaron a favor de cambiar el <span class="caps">COIP</span> en ese aspecto y luego no fueron o se abstuvieron. También nos denominaron “racistas” por criticar a asambleístas de Pachakutik que votaron en contra y “poco entendedoras” de la realidad del movimiento indígena. Muchas otras se solidarizaron y dieron alternativas legales y de movilización.</p>
<p>En este contexto, el presente artículo pretende analizar no solo el voto de las y los asambleístas, sino mostrar un panorama más amplio de dónde y cómo estamos posicionadas como movimiento de mujeres y feministas, y de lo que se viene más allá de la lucha por la despenalización del aborto en un escenario de múltiples retrocesos en el ámbito político, económico y, en general, en las conciencias de la sociedad, a lo que se suma una ola mundial de reactivación de las posiciones más retrógradas en contra de los feminismos y, en general, de los derechos de las mujeres y diversidades sexuales, además de expresiones de racismo, xenofobia etc.</p>
<p><strong>La votación</strong></p>
<p>Para poder aprobarse la reforma se necesitaban 70 votos afirmativos. Se obtuvieron 65, mientras que 59 fueron en contra, más las ausencias y abstenciones que sumaron 13. Ximena Peña, presidenta de la Comisión de Justicia, días antes aseguró tener 75 votos a favor, con lo que se aseguraba el cambio en el<span class="caps">COIP</span> que permitiría a niñas y mujeres, víctimas de violación, acceder a un aborto legal y seguro si así lo decidían. Esta afirmación dio paso a que los grupos religiosos y conservadores redoblaran sus esfuerzos para evitar la reforma a toda costa. Hicieron ruedas de prensa conjuntas (Iglesia católica y evangélica), amenazaron a asambleístas con destitución, hicieron misas, vigilias, e incluso utilizaron el sermón de las misas del domingo para persuadir a quienes debían tomar la decisión de ampliar las causales de aborto. Algunas voces de dentro de la Asamblea inclusive hablan de la compra de conciencias y de movidas de último momento de líderes políticos de los partidos para presionar a sus bancadas. El resultado de esas acciones fue que en el camino 10 personas cambien de parecer, lo que afectó la decisión final.</p>
<p><strong>Votación de la “derecha” e “izquierda”</strong></p>
<p>Es evidente que la discusión del aborto todavía dentro de los partidos y movimientos políticos representados en la Asamblea gira en torno a una decisión “individual”, de acuerdo con las creencias y moral de cada quien. Por ello, en todos los bloques se decidió no imponer una posición a los legisladores, sino dejarles “en libertad”. Esto es preocupante porque refleja una incomprensión enorme de la problemática por parte de quienes hacen las leyes y deberían enfrentarla con seriedad. Los movimientos de mujeres y feministas, con aliados médicos, psicólogos, cientistas sociales y genetistas demostraron hasta la saciedad el por qué de la urgencia y necesidad de la medida. Se dejó más que claro que la violación a niñas en el Ecuador es algo de todos los días, al igual que las consecuencias de una maternidad forzada, no solo para su salud, su cuerpo, sino para su futuro y su estado mental. Lo mismo ocurrió en la demostración de la afectación psicológica hacia las mujeres violentadas sexualmente. Se dieron cifras por provincias, por edad, de cuántas mujeres y niñas son violadas a diario, de cuántas mueren en abortos clandestinos, de las que han sido criminalizadas por abortar y de las que llevan a cabo su maternidad en condiciones de pobreza. Nada importó, sino se trató el tema como algo relacionado con la religión, la personalidad y la conveniencia política de cada asambleísta.</p>
<p>En ese sentido, se explican los votos de los diversos personajes. Dejó de ser un tema de justicia social, de salud, de derechos fundamentales, agendas tradicionalmente cumplidas por la “izquierda”, y pasó a ser tomado como un tema de humanismo, liberalismo y conciencia individual, lo que explica la adhesión de asambleístas de derecha; mujeres y hombres del <span class="caps">PSC</span> e incluso una de <span class="caps">CREO</span> votaron a favor. Mientras que cuatro de cinco asambleístas de Pachakutik votaron en contra. Cabe mencionar que, según grupos de mujeres que estuvieron encargadas de hacer el lobby respectivo, el voto del movimiento Pachakutik no fue sorpresivo, ya que desde el inicio se mostraron en contra e indecisos y solo uno se pronunció a favor (quien finalmente votó así).</p>
<p>Lo ocurrido en la votación, entonces, abre los debates correspondientes sobre la calidad de la clase política en nuestro país, de la falta de representación de la ciudadanía en la Asamblea, de la responsabilidad de las estructuras de los partidos y movimientos políticos sobre la actuación de sus asambleístas y de las estrategias del movimiento de mujeres para negociar y llegar acuerdos con actores políticos y sociales para conseguir objetivos fundamentales.</p>
<p>En primer lugar, por la comprensión que se tiene del aborto en todas las bancadas políticas, está claro que en el imaginario social este dejó de ser una reivindicación exclusiva de la izquierda y de sectores progresistas. Es así que, si bien la mayoría de asambleístas de <span class="caps">CREO</span> votaron en contra, Gloria Astudillo votó a favor, así como ex parlamentarios de ese movimiento como Fabricio Villamar y Mae Montaño. Lo mismo ocurrió con los votantes del Partido Social Cristiano. En la votación de 2013, estos últimos fueron con Biblia en mano a oponerse; el día martes la mayoría votó sí con poquísimas excepciones. Incluso, una de las mayores voceras en la actualidad a favor de la despenalización del aborto y de los derechos de las mujeres es de este partido político.</p>
<p>Asimismo, en esta votación se cayó la falacia de que hay una vinculación automática entre las organizaciones sociales y los partidos y movimientos políticos; además, el mito de que quienes se identifican con la “izquierda” necesariamente están de facto a favor de la despenalización del aborto. La votación de Pachakutik así lo refleja, causando una gran decepción. A pesar de que la Conaie y Ecuarunari se pronunciaron a favor de la despenalización del aborto por violación, esto no se tradujo en los votos de sus supuestos representantes directos. Si bien no se puede especular por qué estos legisladores y legisladoras votaron por el no, se puede observar una falta de diálogo entre las partes, una ausencia de compromiso de la dirigencia de Pachakutik para extender la sensibilización y formación en género de sus miembros en todas las provincias, y también de enmarcar los derechos de las mujeres, donde se incluye el del aborto dentro de las cuestiones fundamentales para obtener un cambio estructural, lo que es supuestamente un objetivo central del movimiento.</p>
<p>Por otro lado, las ausencias y abstenciones de asambleístas mujeres que habían asegurado su voto a favor, demuestran el oportunismo político de ciertos actores que vieron en el debate la oportunidad de ganar protagonismo: pero también nos interpela a nosotras, como movimiento de mujeres, para diferenciar quiénes son las aliadas coyunturales que pueden o no fallarnos, y quiénes están en realidad comprometidas y comprometidos con nosotras y, por ende, son compañeros y compañeras de lucha.</p>
<p>En 2013, Paola Pabón, ex asambleísta de Alianza <span class="caps">PAIS</span>, luego de la presión extrema que ejercimos un grupo de mujeres en la Asamblea, mocionó votar por la despenalización del aborto en casos de violación y, al día siguiente, por amenazas de renuncia de Rafael Correa, en ese entonces Presidente de la República, y por la violencia política recibida por otros de sus coidearios, decidió retirarla “en nombre del proyecto”. En ese entonces, Gabriela Rivadeneira, quien ejercía como presidenta de la Asamblea, decidió ausentarse y desentenderse del tema, y Marcela Aguiñaga, ahora convertida en vocera de los derechos de las niñas y mujeres víctimas de violación, estuvo totalmente en contra y fue quien obligó a Rosana Alvarado, quien presidía la sesión, a suspender la votación, frenando así la oportunidad histórica de favorecer a miles de mujeres. Con ese antecedente nefasto, es inexplicable cómo ahora segmentos del movimiento de mujeres traten a estas asambleístas como “auténticas representantes”, y les dejen la cancha abierta para que se sigan posicionando políticamente. Lo mismo se puede decir en el caso de María Mercedes Cuesta y de otras, quienes, a cuenta de que estaban a favor de la reforma, se las endiosó, olvidándonos de con quiénes y con qué agenda llegaron al puesto donde están. Estas observaciones no quieren decir, de ninguna manera, que las organizaciones de mujeres no deben conversar con otras facciones políticas, están en todo su derecho; pero sí debemos ser más cuidadosas en el manejo de nuestras alianzas y, sobre todo, saber que un apoyo coyuntural tiene sus riesgos. En este caso, nos costó la aprobación del aborto por violación y las otras causales, afectando sobre todo a las mujeres y niñas más empobrecidas.</p>
<p><strong>La movilización, lo que se ganó</strong></p>
<p>A diferencia de 2013, donde se aprobaron las reformas al <span class="caps">COIP</span> bajo el mando correista, hoy, en 2019, se puede decir con toda seguridad que se logró despenalizar el aborto por violación en las calles, en el conjunto de la sociedad. Hay varios datos que confirman que, en general, la gente aprueba una reforma de esa naturaleza, por lo que la Asamblea se habría ido en contra de la mayoría de sus representados. Eso, de por sí, ya es un pequeño triunfo ganado con muchísimo esfuerzo de las diversas colectivas, quienes elevaron el debate y, sobre todo, lo posicionaron en el ámbito público.</p>
<p>Esto se reflejó en las calles de diversas provincias del país, donde hubo una importante movilización social. Mientras que en 2013, fuimos pocas las que emprendimos acciones por la despenalización, seis años después estuvimos muchísimas más de distinta clase social, etnia y edad. Sin duda, esta puede ser considerada una ganancia en medio de la tragedia, porque la expresión en las calles nos da la garantía de que la presión social va a continuar hasta que se logre legalizar. Esto es algo que se dejó muy claro la misma noche de la votación, donde con nuestros pañuelos verdes, tambores, banderas, carteles y consignas reafirmamos nuestro compromiso con las vidas de miles de mujeres y niñas ecuatorianas.</p>
<p>Cabe reiterar que, a pesar de la cobardía y traición de ciertos elementos al interior de la Asamblea Nacional, la reforma para la legalización del aborto en casos de violación y en las otras causales mencionadas, alcanzó la mayoría de votos de los legisladores. Esto sienta un precedente positivo en el ámbito legislativo y en la sociedad para continuar luchando por la propuesta, no solo a nivel de la Asamblea, sino ya en otras instancias, además que permite ejercer presión sobre el Gobierno Nacional para que se tomen medidas que remedie el despropósito de no haber aprobado la reforma, dejando en la completa indefensión a las víctimas.</p>
<p><strong>Lo que se viene</strong></p>
<p>Además de estas acciones concretas de presión y de movilización, lo que nos corresponde es seguir entablando diálogo con todos los sectores sociales organizados y no organizados. Tomando en cuenta nuestra falta de recursos, debemos aunar esfuerzos para elaborar estrategias conjuntas de comunicación y de formación que contrarresten de manera efectiva el embate de los grupos conservadores y religiosos, que cada vez toman más fuerza y logran incidir políticamente. Es hora de armar un frente que aglutine a las diversidades de las distintas organizaciones para poder construir alternativas que sean viables, que sean bien recibidas por la ciudadanía y que se adecuen a las diferentes realidades de nuestro país.</p>
<p>Debemos dejar de lado un feminismo blanco, colonizado por los discursos europeos o argentino y otros feminismos que han tomado fuerza en otras regiones de Latinoamérica, pero que no necesariamente se corresponde con las vivencias cotidianas de Ecuador. Hay que tomar lo mejor de estos, pero armar nuestra propia resistencia antirracista, anticolonial, antipatriarcal, no heteronormada y anticapitalista. Esto implica, también, recoger las experiencias de quienes nos antecedieron en esta lucha en el mismo movimiento de mujeres ecuatoriano y tender puentes con diversas compañeras de experiencia, como un ejercicio de humildad y reconocimiento, sin dejar de ser críticas e innovadoras para caminar hacia adelante.</p>
<p>Con todo esto, debemos repensar nuestras formas organizativas y nuestra relación con el Estado y con los partidos y movimientos políticos, y no descartar por completo la conformación de organizaciones que puedan acceder a la Asamblea y otros espacios que nos permitan cambiar la realidad desde las leyes y políticas públicas. Debemos reconciliarnos con la política y con el hacer política activa, para poder atacar desde varios frentes y no depender de alianzas que, el rato de los ratos, velarán por sus intereses y no por los de nosotras ni los de nuestro pueblo. ¡Vamos a transformarlo todo!</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>*original en<a href="https://laperiodica.net/article/de-la-despenalizacion-del-aborto-por-violacion-y-m/"> La Periódica de Ecuador </a></strong></p>

<p><a href="https://marcha.org.ar/la-asamblea-de-ecuador-dejo-pasar-una-oportunidad-historica-no-son-provida-son-antiderechos/">Source</a></p>]]></content:encoded>
					
		
		
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